Solicitud de ayudas del programa de formación en capacidades digitales para personas desempleadas

Solicitud de ayudas del programa de formación en capacidades digitales para personas desempleadas.

PLAZO CERRADO (Desde el 2/8/2022 al 15/9/2022 )

OBJETO

Segunda convocatoria de solicitud de ayudas del programa de formación en capacidades digitales para personas desempleadas en el marco de Recuperación, Transformación y Resiliencia para el ejercicio 2022.

Consiste en la realización de acciones formativas en capacidades digitales demandadas por el ámbito productivo dirigida a mujeres prioritariamente desempleadas y preferentemente residentes en municipios despoblados o del mundo rural, para la mejora de su ocupabilidad futura e impulso del emprendimiento digital.

Asimismo, las entidades beneficiarias deberán realizar una actuación que contribuya a la transición de su actividad hacia una economía verde y respetuosa con el medio ambiente.

ENTIDADES BENEFICIARIAS

Las empresas, entidades privadas sin ánimo de lucro, las entidades locales y otros organismos públicos, organizaciones sindicales y organizaciones empresariales con presencia en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana, inscritas en el correspondiente Registro de Entidades de formación para las especialidades formativas objeto de formación.

DESTINATARIOS

Mujeres de la Comunitat Valenciana inscritas como demandantes de empleo en un servicio público de empleo prioritariamente desempleadas y residentes en municipios de la Comunitat Valenciana de menos de 30.000 habitantes.

También podrán participar mujeres de la Comunitat Valenciana ocupadas inscritas en mejora de empleo y mujeres inscritas que se encuentren en situación de suspensión de contrato o reducción de jornada como consecuencia de un expediente de regulación de empleo.

CUANTÍA DE LA AYUDA

1.- La cuantía de la subvención se determina mediante el producto del número de horas por el número de alumnas solicitadas y por el importe del correspondiente módulo económico unitario específico.

2.- Para fijar la cuantía de la subvención se aplica el módulo económico unitario específico (coste por participante y hora de formación) de 13 euros, aplicable para todas las especialidades formativas

PLAZO DE PRESENTACIÓN

Desde el 2/8/2022 al 15/9/2022

Más información

Ayudas Kit Digital | Segmento II (entre 3 y 9 empleados)

Convocatoria de AYUDAS destinadas a la DIGITALIZACIÓN DE EMPRESAS del segmento II (entre 3 y menos de 10 empleados),dentro del programa KIT DIGITAL

Período de solicitudes desde las 11.00 h del 02/09/2022  hasta las 11.00 del 02/09/2023) 

Se trata de un bono de hasta 6.000 euros para acceder a servicios básicos de digitalización.

Programa Kit digital

El Kit digital es un programa del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital para ayudar a pymes y autónomos en su transformación digital.

¿Qué es el programa Kit Digital?

Son ayudas económicas que permitirán a pymes y autónomos acceder a un gran catálogo de soluciones digitales y que te acompañan en tu transformación digital, para que gracias a la tecnología puedas evolucionar y mejorar tu negocio.

¿Cómo?

Con ayudas económicas que te permitan acceder a un gran catálogo de soluciones digitales y a agentes digitalizadores que te ofrecen estos servicios. Solo tienes que escoger las que mejor se adapten a las necesidades de tu empresa.

¿Quién opta al Kit Digital?

Pymes que tengan entre 10 y 49 empleados.

Para el resto de pymes (menos de 10 empleados) y autónomos se publicarán nuevas convocatorias a lo largo de 2022.

¿Cuáles son los requisitos para solicitar la ayuda?

  • Ser una pequeña empresa, microempresa o autónomo.

  • Cumplir los límites financieros y efectivos que definen las categorías de empresas.

  • Estar en situación de alta y tener la antigüedad mínima que se establece por convocatoria.

  • No tener consideración de empresa en crisis.

  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

  • No estar sujeta a una orden de recuperación pendiente de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.

  • No incurrir en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

  • No superar el límite de ayudas minimis (de pequeña cuantía)

Categorías de las Soluciones Digitales

– Sitio web

– Comercio electrónico

– Gestión de Redes Sociales

– Gestión de clientes y proveedores

– Servicio de herramientas

– Servicio de herramientas de oficinas virtuales

– Gestión de Procesos

– Factura electrónica

– Comunicaciones seguras

– Ciberseguridad on-line

Tipo de ayuda

Empresas pequeñas entre 3 y 9 personas trabajadoras

Quiero Ser Agente Digitalizador

Los Agentes Digitalizadores aportarán las soluciones y servicios tecnológicos que necesitan las pymes y autónomos beneficiarios del Programa Kit Digital.

Para adherirse al programa deberán cumplimentar un formulario en la web de Acelera Pyme (aún no disponible) y cumplir con los requisitos de la convocatoria.

Plazo de ejecución del bono

Tiempo máximo 24 meses (a determinar en la convocatoria)

¿Cómo solicito el bono?

1.- Regístrate en www.acelerapyme.es y completa el test de autodiagnóstico. De esta forma sabemos que nivel de digitalización tiene tu empresa para poder ayudarte mejor y recomendarte servicios ajustados a tus necesidades.

2.- Consulta el catálogo de soluciones digitales donde podrás escoger una o varias de las que ofrecen los agentes digitalizadores.

3.- Solicita la ayuda Kit Digital en la sede electrónica de Red.es (sede.red.gob.es). Completa todos los pasos del formulario.

¿Cómo emplear tu bono digital?

1.- Accede al catálogo de agentes digitalizadores y decide con quién quieres desarrollar tu solución digital.

2.- Ponte en contacto con los Agentes Digitalizadores, suscribe el acuerdo de prestación de soluciones digitales y comienza tu cambio digital.

MÁS INFORMACIÓN EN WWW.ACELERAPYME.ES O EN EL TELÉFONO 900 909 001

BOE

Ayuda para responder a las consecuencias económicas y sociales de la guerra de Ucrania

Ayuda para responder a las consecuencias económicas y sociales de la guerra de Ucrania

Desde el 22/7/2022 hasta el 30/9/2022

Real Decreto-ley 11/2022, de 25 de junio

ARTÍCULO 3: Línea directa de ayuda a personas físicas de bajo nivel de ingresos y patrimonio.

Plazo: hasta el 30/9/22

1.- Se aprueba una línea directa de ayuda a personas físicas de bajo nivel de ingresos con el fin de paliar el efecto perjudicial en lo precios ocasionado por la crisis energética derivada de la invasión de Ucrania.

2.- Serán beneficiarios de la ayuda, en pago único de 200 euros de cuantía las personas físicas que en fecha de entrada en vigor del presente Real Decreto-Ley realicen una actividad por cuenta propia o ajena por la cual estén dados de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad, o sean desempleados inscritos en la oficina de empleo, sean beneficiarios o no de la prestación o subsidio por desempleo siempre que en el 2021 hubieran percibido ingresos inferiores a 14.000 euros anuales, y tuvieran un patrimonio inferior a 43.196,40 euros anuales.

El cómputo de ingreso y de patrimonio se efectuará de manera conjunta, considerando todas las personas que residan con el beneficiario en un mismo domicilio a fecha 1 de enero de 2022 y estén unidos entre si por matrimonio y análoga relación análoga de relación de afectividad a la conyugal.

3.- La solicitud se presentará en la Sede Electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, rellenando el formulario electrónico que a tal efecto se ponga a disposición por la misma hasta el 30 de septiembre de 2022, y en el que, necesariamente, deberá figurar la cuenta bancaria en la que se desee que se realice el abono.

BOE

Agencia Tributaria

Becas IVACE E + E, Exportación y Empleo 2022

Becas IVACE E + E, Exportación y Empleo 2022

Desde el 22/7/2022 hasta el 30/9/2022

 

BENEFICIARIOS

Personas físicas menores de 30 años que cumplan los siguientes requisitos:

  • Estar empadronadas un mínimo de 12 meses en la Comunitat Valenciana.
  • Estar inscritas en el Sistemas Nacional de Garantía Juvenil.
  • Formación: titulación técnica del ciclo formativo de grado superior o medio relacionado con la familia profesional de Administración y gestión de empresa y/o Comercio y Marketing.
  • Conocimiento hablado y escrito del idioma inglés así como alguna de las lenguas de la Comunitat Valenciana en el caso de que no posean la nacionalidad española.
  • Que no hayan disfrutado de becas anteriores relacionadas con la internacionalización de la empresa.
  • No tengan limitación alguna incompatible con el desarrollo funcional o geográfico de la beca.
  • No tengan antecedentes penales.
  • Se encuentren al corriente de sus obligaciones fiscales y de la Seguridad Social.

Nº DE PLAZAS

20 becas

DURACIÓN DE LA BECA

Máximo 12 meses

CUANTÍA

Dotación dineraria fija máxima de 13.442,28 euros brutos.

PLAZO

Desde el 22/7/2022 hasta el 30/9/2022

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