- Impuesto sobre la renta de personas físicas (IRPF).
Directo y de carácter personal pues tiene en cuenta las circunstancias personales y familiares del contribuyente.
- Impuesto sobre actividades económicas (IAE).
Grava a las personas físicas (autónomos), personas jurídicas (sociedades) y entidades sin personalidad jurídica (por ejemplo las comunidades de bienes) que realicen, en territorio nacional, actividades empresariales, profesionales y artísticas; salvo las agrícolas, las ganaderas dependientes, las forestales y las pesqueras.
- Impuesto sobre el valor añadido (IVA).
Tributo de naturaleza indirecta que grava el consumo de bienes y servicios.
- Obligaciones de facturación.
Los empresarios y profesionales están obligados a emitir factura por las entregas de bienes y prestación de servicios que realicen en desarrollo de su actividad y a conservar copia de las mismas.
La obligación también se extiende a los pagos anticipados, excepto en las entregas intracomunitarias de bienes, que están exentas.
Contenido mínimo de una factura
- Número y, en su caso, serie.
- Fecha de expedición.
- Nombre y apellidos, razón o denominación social completa del expedidor y del destinatario.
- NIF del obligado a expedir la factura y, en determinados casos, del destinatario.
- Domicilio del expedidor y del destinatario.
- Descripción de las operaciones y datos necesarios para determinar la base imponible y su importe (precio unitario sin IVA, descuentos o rebajas).
- Tipo o tipos impositivos.
- Cuota tributaria consignada por separado.
- Fecha de la operación, si es distinta de la de expedición de la factura.
– Retenciones e ingresos a cuenta.
Las retenciones tienen la consideración de deuda tributaria y el obligado a su liquidación e ingreso es el pagador de dichas rentas, de forma que detrae el porcentaje correspondiente y lo ingresa en la Agencia Tributaria (AEAT) en nombre del perceptor.
– Comunicación y notificaciones por medios electrónicos.
El acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos ha determinado una nueva forma de notificar a través de Internet en una Dirección Electrónica Habilitada (DEH).
La dirección electrónica habilitada sirve para la recepción de las notificaciones administrativas que los organismos públicos puedan practicar por vía telemática.
Las personas físicas o jurídicas que realicen el registro en el Servicio de Notificaciones Electrónicas, dispondrán de una DEH única y podrán suscribirse a los procedimientos administrativos de los que deseen recibir las notificaciones por esta vía. En el caso de que un organismo público le haya comunicado que las notificaciones serán enviadas con carácter obligatorio a través de este servicio, no será necesaria la suscripción.
Asociado a la dirección, el titular dispondrá de un buzón electrónico en el que recibirá las notificaciones electrónicas de los organismos y procedimientos correspondientes (las notificaciones no se envían a ninguna cuenta de correo electrónico particular).
- Censo de empresarios, profesionales y retenedores.
El modelo 037 y el modelo 036 podrán presentarse en forma de impreso o por vía telemática a través de Internet.
- Venta a otros países de la Unión Europea, importación/exportación.
El comercio intracomunitario es el realizado entre dos Estados miembros de la UE.
Existen dos flujos:
- Introducción: es la entrada de mercancías en un Estado miembro procedentes de otro Estado miembro.
- Expedición: envío o salida de mercancías desde un Estado miembro hacia otro Estado miembro.
Todas las mercancías que circulen desde un Estado miembro de la Unión Europea a otro, serán objeto de las estadísticas de intercambio de bienes entre los Estados miembros (declaración Intrastat).
Los intercambios de mercancías con Estados miembros de la U.E. que tengan procedencia o destino a las Islas Canarias o las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla no se declaran en Intrastat.
Los gastos de constitución y de primer establecimiento hacen referencia a aquellos gastos que no son inversiones, pero que tampoco son gastos corrientes, sino necesarios solamente para poner la actividad en marcha.
CONCEPTO IMPORTE SIN IVA |
Licencia de apertura |
Altas de suministro (agua, luz, teléfono, gas..) |
Licencia de obras |
Proyecto Técnico |
Otras tasas y/o licencias |
¿Cuáles son los gastos anuales medios de la actividad?
En este apartado se hará referencia a los desembolsos necesarios a los que se deberá hacer frente para el ejercicio de la actividad. Es posible que durante el primer año las ventas no sean las esperadas y por lo tanto los ingresos sean escasos y difícilmente compensen los gastos. Será conveniente que se realice un ejercicio de previsión sobre el número de meses durante los que se puede producir esta situación y en consecuencia contar con fuentes de financiación suficientes para afrontar el desfase económico temporal entre ingresos y gastos.
Podemos diferenciar entre los gastos variables, es decir aquellos que dependen directamente del volumen de producción y los fijos, aquellos que se mantienen más o menos constantes. Para calcular los gastos variables podemos hacer una estimación del porcentaje que representan estos gastos respecto a la facturación total.
CONCEPTO IMPORTE SIN IVA |
Sueldos y salarios |
Seguridad social |
Alquiler del local |
Amortizaciones |
Material de oficina |
Consumibles (bolsas, papel envolver..) |
Comunicaciones |
Suministros |
Servicios profesionales Independientes |
Publicidad |
Gastos financieros |
Primas de seguro |
Reparación y conservación |
Gastos diversos |
Previsión de ingresos
¿Cómo puedo realizar una previsión de ventas?
Para realizar la previsión de ingresos debes tener bien claro cuáles serán tus servicios a prestar y tus productos a vender. Dependiendo del tipo de actividad variará, pero podemos basarnos en lo siguiente:
PRODUCTO O SERVICIO | NÚMERO AL AÑO | PRECIO | TOTAL |
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Una vez obtenidos estos datos los trasladaremos al cuadro de la cuenta de resultados (punto 4)
CONCEPTO IMPORTE |
INGRESOS |
TOTAL GASTOS VARIABLES |
INGRESOS-GASTOS VARIABLES |
TOTAL GASTOS FIJOS |
Sueldos y salarios |
Seguridad social |
Alquiler del local |
Amortizaciones |
Material de oficina |
Consumibles (bolsas, papel envolver..) |
Comunicaciones |
Suministros |
Servicios profesionales Independientes |
Publicidad |
Gastos financieros |
Primas de seguro |
Reparaciones y conservación |
Gastos diversos |
|
RESULTADO BRUTO DE EXPLOTACIÓN |
%SOBRE EL VOLUMEN DE VENTAS |
El resultado bruto de explotación será igual a ingresos-gastos variables -gastos fijos.
De ahí obtendremos un porcentaje sobre el volumen de ventas.
La financiación se puede realizar a través de fondos propios y ajenos. Una vez determinadas las inversiones necesarias para la puesta en marcha, la estructura financiera se ampara, al principio, en las cantidades aportadas por el propietario. En caso de no ser suficientes se recurre a la financiación ajena mediante créditos con entidades financieras
A la hora de solicitar financiación para iniciar tu actividad empresarial, se deben estudiar las fuentes de financiación existentes, entre las que cabe destacar las siguientes:
-Privadas: cajas y bancos
-Organismos Públicos (dedicados exclusivamente a la financiación)
-Sociedades de capital riesgo
– Instituto de Crédito Oficial (ICO).
-Instituto de la Mediana y Pequeña Industria Valenciana (IMPIVA).
-Subvenciones
-Capitalización de la prestación de desempleo (pago único)
Fuente:
sercunet.com
www.ipime.org