CONVOCATORIAS LÍNEAS ICO 2022: EMPRESAS, EMPRENDEDORES E INTERNACIONAL

CONVOCATORIAS LÍNEAS ICO 2022: EMPRESAS, EMPRENDEDORES E INTERNACIONAL

Plazo: año 2022

Las líneas ICO, son líneas de financiación en las que el ICO actúa a través de la Entidades de Crédito, es decir concede los fondos con la intermediación de citadas Entidades.

Las líneas disponibles ICO 2022 se dividen en dos apartados:

EMPRESAS Y EMPRENDEDORES

Líneas para financiar tanto proyectos de inversión como necesidades de liquidez de autónomos y empresas.

Para la distribución de estos productos, el ICO actúa en colaboración con las Entidades de Crédito adheridas a cada una de las líneas. De esta forma el ICO aporta los fondos y las Entidades son las encargadas de la tramitación, estudio y aprobación de las operaciones en las condiciones establecidas en las líneas.

LÍNEAS DISPONIBLES:

ICO Empresas y Emprendedores 2022

Financiación orientada a autónomos y empresas que realicen inversiones productivas en el territorio nacional y/o necesiten cubrir sus necesidades de liquidez. También pueden solicitar financiación particulares y comunidades de propietarios para rehabilitación de viviendas.

Más información ICO Empresas y Emprendedores 2022

Plazo: año 2022

 

ICO Garantía SGR/SAECA 2022

Financiación orientada a autónomos y empresas españolas o mixtas con capital mayoritariamente español que cuentes con el aval de una Sociedad de garantía Recíproca (SGR).

Más información ICO Garantía SGR/SAECA 2022

Plazo: año 2022

 

ICO Crédito Comercial 2022

Orientada a autónomos y empresas con domicilio social en España que deseen obtener liquidez mediante el anticipo del importe de las facturas procedentes de su actividad comercial dentro del territorio nacional 2022.

Más información ICO CREDITO COMERCIAL

Plazo: año 2022

 

ICO Red.es Acelera

Destinada a beneficiarios de ayudas de las convocatorias publicadas por red.es: empresas, fundaciones, asociaciones, colegios profesionales, entidades locales, universidades, organismos públicos de investigación, centros públicos  de I+D, centros tecnológicos y de apoyo a la innovación tecnológica etc…

Más información ICO Red.es Acelera

Plazo: hasta el 31/3/2024

 

INTERNACIONAL

Líneas disponibles para financiar el proceso de internacionalización y la actividad exportadora de las empresas españolas.

 

ICO Internacional 2022

Más información ICO Internacional 2022

Plazo: año 2022

 

ICO Exportadores 2022

Más información ICO Exportadores 2022

Plazo: año 2022

PROGRAMA AYUDAS EMPREN JOVE 2022 DEL AYUNTAMIENTO DE XÀTIVA

PROGRAMA AYUDAS EMPREN JOVE 2022 DEL AYUNTAMIENTO DE XÀTIVA

Plazo de Solicitudes 23.02.2022 – 15.10.2022

Objeto

El objeto de la convocatoria es subvencionar los gastos de creación y puesta en marcha de nuevas actividades económicas por parte de personas jóvenes en el término municipal de Xàtiva.

Requisitos

a) Tener la vecindad administrativa en Xàtiva como mínimo los seis meses inmediatamente anteriores a la publicación de las presentes bases y una edad entre 18 y 35 años (los dos incluidos) en la fecha de inicio de actividad.

b) El domicilio fiscal y de negocio de la actividad económica tendrá que estar situado en el término municipal de Xàtiva.

c) La entidad solicitante tendrá que haberse dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas entre el 15 de septiembre de 2021 y el 14 de septiembre de 2022 (ambos incluidos).

 

Cuantía

 Se establece una subvención de hasta el 70% de los gastos realizados para la creación y puesta en marcha de la actividad, con un límite máximo de:

 3.000 euros de subvención para personas físicas, sociedades civiles y sociedades irregulares sin personalidad jurídica

 6.000 euros para sociedades con personalidad jurídica.

 7.500 euros si la sociedad es una cooperativa.

 

Lugar de presentación

En la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Xàtiva: Xàtiva sede electrónica

Plazo de presentación

Desde el 23/2/2022 hasta el 15/10/2022

Plazo de resolución y notificación

6 meses

Gastos subvencionables

Aquellos gastos relacionados con la creación y puesta en funcionamiento de la actividad económica en el término municipal de Xàtiva, como por ejemplo:

  • Gastos necesarios para el inicio de la actividad (gastos de notaría, registro, tarjetas de visita, diseño de logotipos, imagen de marca, página web…)
  • Gastos de alquiler de los tres meses siguientes al inicio de la actividad (extensivos a 6 meses si la ubicación del negocio se encuentra en el núcleo antiguo de Xàtiva).
  • Traspasos de negocio.
  • Gastos periódicos como por ejemplo cuotas de Seguridad Social, nóminas, consumo eléctrico, consumo telefónico y similares. Serán tenidos en cuenta únicamente los gastos correspondientes a los tres meses posteriores a la fecha de inicio de actividad (extensivos a seis meses si la ubicación del negocio se encuentra en el núcleo antiguo de Xàtiva.

Plazo de realización de los gastos subvencionables.

El plazo de realización de los gastos subvencionables es de seis meses anteriores y seis meses posteriores a la fecha de alta en el IAE.

Más infrmación Bases Programa Ayudas Empren Jove 2022 Pla Millennial

PROGRAMA TICSCÁMARA VALENCIA

PROGRAMA TICCÁMARA VALENCIA

Plazo de Solicitudes 23.02.2022 – 30.09.2022

OBJETIVO DE LAS AYUDAS

Impulsar la incorporación de TIC (tecnologías de la información y de la comunicación) en las pymes para fomentar la competitividad y aprovechar las ventajas tecnológicas de las empresas.

Diagnóstico asistido TIC: esta fase incluye un sistema de diagnóstico asistido y personalizado, sobre 3 líneas de actuación:

  • Herramientas de productividad, CRM, ERP y Cloud Computing.

  • Comercio electrónico.

  • Marketing digital.

Para la ejecución de esta fase del programa contarán con una serie de asesores tecnológicos pertenecientes a la Cámara.

Implantación: una serie de proveedores externos de la Cámara realizarán la implantación de las soluciones TIC para cada empresa junto con la memoria del proyecto que van a implantar.

IMPORTE

Diagnóstico Fase I: sin coste para el autónomo o pyme

Implantación Fase II: se subvenciona hasta un 50% para inversiones de un máximo de 7.000 euros en desarrollo tecnológico.

QUIEN PUEDE SOLICITARLAS

Empresas de la provincia de Valencia que cumplan los siguientes requisitos:

  • Ser una PYME autónomo.

  • Estar al corriente de pagos con hacienda y la seguridad social.

  • Cumplir los requisitos de minimis.

  • Estar dado de alta en el Censo del IAE .

  • No encontrarse incursa en las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003.

CONTENIDO

Se orienta hacia las necesidades específicas de la empresa, mediante el desarrollo de una metodología mixta de diagnóstico, apoyo en el proceso de implantación de soluciones y difusión del conocimiento.

Ayudas TICCámaras 2022 (camaravalencia.com)

Más información TICCamaras

Línea bonificada IVF AFIN LIQUIDEZ PYME & AUTÓNOMO

Línea bonificada IVF AFIN LIQUIDEZ PYME & AUTÓNOMO

Plazo de Solicitudes 01.02.2022 – 01.12.2022

DOG: 9260 del 20/1/2022

Préstamos con ayudas directas de hasta el 30% para proyectos de inversión y de capital circulante.

BENEFICIARIOS

Podrán ser beneficiarios los autónomos y sociedades mercantiles cuya sede social, establecimiento o sucursal de producción o de desarrollo de la actividad se encuentre en la Comunitat Valenciana.

INTERESADOS/SOLICITANTES

Los proyectos tendrán como finalidad:

A) Ampliación y renovación de las instalaciones, maquinarias y equipos.

B) Sostenimiento del capital circulante de la empresa, incluyendo la contratación de mano de obra, la adquisición de bienes y servicios ligados al ciclo de explotación, la financiación de clientes, la inversión en existencias y tesorería operativa de la empresa así como la cancelación de la deuda a corto plazo de naturaleza comercial y financiera.

REQUISITOS

El beneficiario:

  • Tendrá su domicilio social o establecimiento de desarrollo de actividad en la Comunitat Valenciana.
  • Será un trabajador autónomo o una pequeña o mediana empresa.
  • Contará con aval financiero otorgado por la Sociedad de Garantía Recíproca de la Comunitat Valenciana.
  • Estará en disposición de contar con todas las licencias, autorizaciones y permisos necesarios para la ejecución del proyecto y cumplir la normativa nacional y comunitaria que resulte aplicable y, en particular, en materia de competencia de contratación del sector público y medio ambiente.
  • Acreditar estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la seguridad social.
  • No estar sujeto a una orden de recuperación pendiente después de una decisión de la Comisión Europea declarando una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
  • No encontrarse en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre.
  • No estar a la fecha de la solicitud en situación de empresa en crisis.

CUANTÍA DE LA AYUDA

En operaciones de sostenimiento de capital circulante, el valor nominal del préstamo no podrá ser inferior a 25.000 euros ni superior a 500.000 euros. En operaciones de inversión, el valor nominal del préstamo se situará entre 25.000 y 1.000.000 de euros.

PLAZO DE CARENCIA

En las operaciones de sostenimiento de capital circulante, el plazo de amortización de la financiación bonificada se situará entre un mínimo de dos y un máximo de cuatro años, sin posibilidad de incluir un periodo de carencia de capital. En las operaciones de inversión el plazo podrá extenderse desde un mínimo de cuatro años hasta un máximo de diez años, con posibilidad de un periodo de carencia de amortización de capital de hasta dos años, incluido en ese plazo.

COMISIONES

No se aplicarán comisiones de apertura ni cancelación de los préstamos.

TIPOS DE INTERÉS

El tipo de interés de la financiación se obtendrá como suma del tipo de interés EURIBOR a un año, con el límite inferior 0% y el margen de riesgo de crédito del 1%.

PLAZO DE PRESENTACIÓN

Hasta el 1 de diciembre de 2022

Más información préstamos IVF

https://dogv.gva.es.pdf

Ayudas Kit Digital

Ayudas Kit Digital

Plazo de Solicitudes para Pymes entre 10 y 49 empleados 15.03.2022 – 15.09.2022

Se trata de un bono de hasta 12.000 euros para acceder a servicios básicos de digitalización.

Programa Kit digital

El Kit digital es un programa del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital para ayudar a pymes y autónomos en su transformación digital.

¿Qué es el programa Kit Digital?

Son ayudas económicas que permitirán a pymes y autónomos acceder a un gran catálogo de soluciones digitales y que te acompañan en tu transformación digital, para que gracias a la tecnología puedas evolucionar y mejorar tu negocio.

¿Cómo?

Con ayudas económicas que te permitan acceder a un gran catálogo de soluciones digitales y a agentes digitalizadores que te ofrecen estos servicios. Solo tienes que escoger las que mejor se adapten a las necesidades de tu empresa.

¿Quién opta al Kit Digital?

Pymes que tengan entre 10 y 49 empleados.

Para el resto de pymes (menos de 10 empleados) y autónomos se publicarán nuevas convocatorias a lo largo de 2022.

¿Cuáles son los requisitos para solicitar la ayuda?

  • Ser una pequeña empresa, microempresa o autónomo.

  • Cumplir los límites financieros y efectivos que definen las categorías de empresas.

  • Estar en situación de alta y tener la antigüedad mínima que se establece por convocatoria.

  • No tener consideración de empresa en crisis.

  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

  • No estar sujeta a una orden de recuperación pendiente de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.

  • No incurrir en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

  • No superar el límite de ayudas minimis (de pequeña cuantía)

Categorías de las Soluciones Digitales

– Sitio web

– Comercio electrónico

– Gestión de Redes Sociales

– Gestión de clientes y proveedores

– Servicio de herramientas

– Servicio de herramientas de oficinas virtuales

– Gestión de Procesos

– Factura electrónica

– Comunicaciones seguras

– Ciberseguridad on-line

Tipo de ayuda

Para las empresas de 10 a 49 empleados, el importe del bono digital será de hasta 12.000€

Quiero Ser Agente Digitalizador

Los Agentes Digitalizadores aportarán las soluciones y servicios tecnológicos que necesitan las pymes y autónomos beneficiarios del Programa Kit Digital.

Para adherirse al programa deberán cumplimentar un formulario en la web de Acelera Pyme (aún no disponible) y cumplir con los requisitos de la convocatoria.

Plazo de ejecución del bono

Tiempo máximo 24 meses (a determinar en la convocatoria)

¿Cómo solicito el bono?

1.- Regístrate en www.acelerapyme.es y completa el test de autodiagnóstico. De esta forma sabemos que nivel de digitalización tiene tu empresa para poder ayudarte mejor y recomendarte servicios ajustados a tus necesidades.

2.- Consulta el catálogo de soluciones digitales donde podrás escoger una o varias de las que ofrecen los agentes digitalizadores.

3.- Solicita la ayuda Kit Digital en la sede electrónica de Red.es (sede.red.gob.es). Completa todos los pasos del formulario.

¿Cómo emplear tu bono digital?

1.- Accede al catálogo de agentes digitalizadores y decide con quién quieres desarrollar tu solución digital.

2.- Ponte en contacto con los Agentes Digitalizadores, suscribe el acuerdo de prestación de soluciones digitales y comienza tu cambio digital.

MÁS INFORMACIÓN EN WWW.ACELERAPYME.ES O EN EL TELÉFONO 900 909 001

AYUDAS PARA FOMENTAR EL EMPRENDIMIENTO VERDE Y DIGITAL EN MUNICIPIOS CON RIESGO DE DESPOBLAMIENTO

AYUDAS PARA FOMENTAR EL EMPRENDIMIENTO VERDE I DIGITAL EN MUNICIPIOS CON RIESGO DE DESPOBLAMIENTO

PLAZO AMPLIADO hasta el 30.11.2022

Convocatoria para la Comunitat Valenciana en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

OBJETO

Fomentar el emprendimiento en municipios en situación o riesgo de despoblamiento así como el emprendimiento verde y digital en la Comunitat Valenciana, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

BENEFICIARIOS

Personas que se constituyan en personal trabajador autónomo o por cuenta propia, incluyendo a los miembros de Sociedades Civiles y Comunidades de Bienes.

REQUISITOS

1.-Haber iniciado una actividad autónoma a partir del 1 de enero de 2022.

2.- Mantener la inscripción en el LABORA hasta el inicio de la actividad. No se entenderá cumplido este requisito si la inscripción se produce el mismo día en que se inicia la actividad autónoma.

3.- Figurar en el Censo de Obligados Tributarios y en el RETA con carácter previo a la presentación de la solicitud.

4.- El proyecto debe reunir las condiciones de viabilidad técnica, económica y financiera, lo que precisará el informe de cualquiera de las entidades, públicas o privadas, incluidas en el Mapa de Entidades del Ecosistema Emprendedor de la Comunitat Valenciana.

5.- Cumplir al menos una de las siguientes condiciones:

  • Desarrollar la actividad en alguno de los municipios destinatarios en 2021 del Fondo de Cooperación Municipal para la lucha contra el despoblamiento de los municipios de la Comunidad Valenciana relacionados en el ANEXO.
  • Desarrollar una actividad que contribuya a la transición ecológica o a la transformación digital, lo que requerirá informe de cualquiera de la entidades públicas o privadas, incluidas en el Mapa del Ecosistema Emprendedor de la Comunitat Valenciana.

Quedarán excluidas las personas socias de sociedades mercantiles, cooperativas y sociedades laborales, el personal autónomo colaborador y quienes operen en los sectores de la pesca y la acuicultura, regulados en el Reglamento CE 104/2000 del Consejo.

CUANTÍA

El importe de la subvención ascenderá a 5.000 euros a tanto alzado por persona beneficiaria.

PLAZOS

Esta convocatoria está activa desde el 25/1/2022 hasta el 30 de noviembre de 2022.

Más información