EMCORP 2020

PROGRAMA EMCORP 2020 (Empleo para mayores de 30 años)

Para empezar, ¿qué es el Programa EMCORP?

El Programa EMCORP es un Programa de subvenciones Iniciativa Social destinado a la contratación, de carácter temporal, de personas desempleadas de al menos 30 años de edad en  entidades locales de la Comunitat Valenciana. Esto supone que los ayuntamientos contraten personal para diferentes proyectos programados en el municipio (realización de obras o servicios de interés general).

Estos contratos son de al menos 6 meses a jornada completa, aunque en todo caso dependerán de la cuantía de la subvención.

Es importante entender, antes de que nos lancemos a pedir a nuestros ayuntamientos un puesto de trabajo que, en primer lugar, las entidades locales deben solicitar el programa y adjuntar toda la documentación justificativa para que se le adjudique.

Es decir, que posiblemente nuestro ayuntamiento, aun habiéndolo pedido en su día, puede que hasta agosto no sepa si se va a poder realizar este programa. Pero eso no impide que podamos ir avanzando en qué debemos hacer para poder optar a estos puestos.

¿A quién va dirigido?

Los destinatarios finales de este programa son las personas desempleadas, de al menos 30 años, inscritas como demandantes de empleo en los “Espais Labora” de la Generalitat

Entonces, ¿Cómo puedo ser seleccionado?

Pregunta en tu ayuntamiento si tienen previsto realizar el programa en las próximas fechas y en caso afirmativo pregunta qué perfiles profesionales o códigos de las ocupaciones que demandarán.

Asegúrate de estar inscrito en el “ESPAI LABORA” correspondiente como demandante de empleo. Indica al técnico de Labora que estás interesado en ser seleccionado para el programa EMCORP en aquellos perfiles profesionales que te informó tu ayuntamiento y que podrías realizar

¿Cuál es el procedimiento para seleccionar a los trabajadores?

  • Una vez concedido al ayuntamiento el programa, éste presenta la oferta de empleo al “Espai Labora”, quien efectúa una preselección entre candidatos con al menos 30 años y que preferentemente no estén recibiendo prestaciones o subsidios por desempleo o rentas de inserción laboral.
  • Se reúne una Comisión de Baremación compuesta por 2 representantes del ayuntamiento y por 2 representantes de organizaciones sindicales del Consejo de Dirección de LABORA.
  • La entidad beneficiaria contratará a quienes obtengan mayor puntuación en la baremación de los criterios establecidos (No se podrá contratar a más de 1 persona de la misma familia). En caso de empate, se seleccionará a quien acredite menor renta per cápita de la unidad familiar.
  • Las personas candidatas deberán figurar inscritas como desempleadas en LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación en el momento de su contratación.
  • En caso de que las personas trabajadoras causaran baja, las sustituciones se realizarán según su orden de puntuación por otras personas candidatas de reserva que figuren inscritas como desempleadas demandantes de empleo.

¿Cuáles son los criterios que se establecen en la selección de las personas?

Como hemos comentado anteriormente, el proceso se realiza en base a unos criterios y con representación tanto del ayuntamiento como de LABORA. El resultado de la baremación marcará las personas con quien se contactará para su contratación. Aquí os dejamos un resumen de en qué criterios objetivos se basa. Para acceder al documento completo: DOG GVA

Criterios para la selección de las personas trabajadoras

  • Ingresos de la unidad familiar: se tendrá en cuenta la renta per cápita de la unidad familiar según la última declaración del IRPF, de acuerdo con la siguiente escala referenciada al salario mínimo interprofesional (pagas extras incluidas):
Desde Hasta Puntos
0% 50% 30
51% 60% 25
61% 70% 20
71% 80% 15
81% 90% 10
91% 100% 5

  • No ser beneficiaria de prestación por desempleo o rentas vinculadas a procesos de inserción laboral: 10 puntos.
  • Existencia de responsabilidades familiares: 10 puntos por cada familiar a cargo, con el límite de 30 puntos. En el caso de descendientes en primer grado con una discapacidad reconocida de al menos el 33 %, la puntuación se incrementará en 10 puntos.
  • Diversidad funcional: con una discapacidad reconocida igual o superior al 33 %: 3 puntos; si es superior al 50 %: 5 puntos.
  • Acción positiva a favor de las mujeres: mujer: 3 puntos; mujer víctima de la violencia de género o doméstica, acreditada mediante resolución judicial o informe de los servicios sociales públicos: 10 puntos
  • Situación de paro de larga duración: personas candidatas que haya figurado inscritas como desempleadas demandantes de empleo durante al menos 12 meses en un periodo de 18 meses: 20 puntos.
  • Situación o riesgo de exclusión social: personas candidatas que acrediten mediante certificado de los servicios sociales públicos una situación o riesgo de exclusión social (incluida la situación o riesgo de exclusión social por riesgo de desahucio): 5 puntos.

  • Adecuación al puesto de trabajo: hasta 15 puntos, considerando los siguientes aspectos:
      • Experiencia laboral previa en el mismo tipo de ocupación, de acuerdo con la siguiente escala en meses completos:
    Desde Hasta Puntos
    6 12 1
    13 18 3
    19 24 6
    25 30 8
    31 36 10
    • Formación complementaria o prácticas formativas relacionadas con el proyecto: hasta 5 puntos, a razón de 0,1 puntos por cada 25 horas de formación o prácticas acreditadas, excluyendo las prácticas formativas incluidas en su titulación, así como las asignaturas de libre elección. A estos efectos se valorará la formación homologada por el SERVEF o por la Universidad, siempre que esté relacionada con el proyecto.

Fuentes

  • Labora
  • Diario Oficial de la Generalitat Valenciana (DOG). Núm. 8725 / 24.01.2020. Págs. 2660 – 2665
  • Diario Oficial de la Generalitat Valenciana (DOG). Núm. 8725 / 11.17.2016 Págs. 19882 – 19886

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