AJUDES TURISME COMUNITAT VALENCIANA

AYUDAS TURISME COMUNITAT VALENCIANA

Plazo de Solicitudes 10.02.2022 – 01.03.2022

DOGV 9273 / 08.02.2022

RESOLUCIÓN de 1 de febrero de 2022, del presidente de Turisme Comunitat Valenciana, por la que se convocan las ayudas para el año 2022 dirigidas a empresas, asociaciones, federaciones y fundaciones, destinadas a la mejora de la competitividad de los servicios y productos turísticos de la Comunitat Valenciana.

PROGRAMA I: IMPULSO A LA COMPETITIVIDAD DE LAS EMPRESAS Y EL MARKETING DE PRODUCTO TURÍSTICO DE LA COMUNITAT VALENCIANA

Objeto: Incentivar la realización de proyectos que contribuyan a mejorar la competitividad empresarial y la visibilidad en mercados nacionales e internacionales de la oferta turística de la Comunitat a través de la digitalización, mejora de la seguridad y resiliencia y puesta en el mercado de productos y servicios singulares y diferenciados.

Beneficiarios: 

  • Titulares de alojamientos turísticos
  • Titulares de agencias de viajes
  • Empresas de turismo activo

Inscritos en el Registro de Turismo de la Comunitat Valenciana.

  • Empresas adheridas a alguno de los siguientes programas:

     CREATURISME

    L’EXQUISIT MEDITERRANI

  • Empresas que dispongan del distintivo Compromiso con la Calidad Turística SICTED CV

Actuaciones subvencionables:

  1. Mejora de la digitalización, seguridad y resiliencia de procesos, servicios y/o productos.
  2. Promoción y comunicación para la puesta en mercado de productos y/o servicios turísticos experienciales
  3. Medidas de seguridad adicionales a las requeridas por la normativa sanitaria aplicable, frente al covid.

El proyecto subvencionable deberá realizarse entre el 01/01/2022 y el 31/12/2022

Cada beneficiario podrá alcanzar el 80% sobre el coste, hasta un máximo de 100.000 euros. No se contemplan ayudas para proyectos cuyo coste subvencionable sea inferior a 6.000 euros, a excepción de las empresas adheridas a SICTED, CreaTurisme y L´Exquisit Mediterrani, en cuyo caso el importe mínimo podrá ser de 3.000 euros.

PROGRAMA II: IMPULSO A EVENTOS MUSICALES, DEPORTIVOS Y CULTURALES DE IMPACTO TURISTICO.

Objeto: Incentivar la realización de eventos musicales deportivos y culturales en la Comunitat Valenciana que tengan impacto turístico y generen flujos de demanda hacia nuestro destino, así como la desestacionalización de la demanda turística.

Beneficiarios: 

  • Empresas, asociaciones, federaciones o fundaciones organizadoras de eventos deportivos y culturales.
  • Empresas o asociaciones organizadoras de actividades musicales, (debiendo estar adheridas al programa Musik).       

Actuaciones subvencionables:

  1. Actividades musicales de impacto turístico.
  2. Campeonatos pruebas y concentraciones deportivas de impacto turístico.
  3. Actividades culturales de impacto turístico y vinculadas a las artes escénicas.

 La ayuda de cada beneficiario podrá alcanzar el 70% sobre el coste, hasta un máximo de 100.000 euros. No se contemplan ayudas para eventos cuyo coste subvencionable sea inferior a 10.000 euros.

Plazo: se ha iniciciado hoy, 10 de febrero de 2022 y finalizará a las 23:59.59 del 1 de marzo de 2022.

Solicitud: La presentación de la solicitud y de la documentación a aportar se realizará obligatoriamente de forma telemática y en régimen de concurrencia competitiva (el orden de solicitud no determina la admisión al programa de ayudas 2022, se apoyan los proyectos que obtengan mayor puntuación).

El acceso a la tramitación telemática puede hacerse bien desde la Sede Electrónica de la Generalitat https://sede.gva.es, o bien directamente al enlace que aparece en el trámite de la Guía Prop correspondiente a cada uno de los programas de ayudas esta resolución.

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución de las ayudas es de 6 meses desde la publicación de la convocatoria de ayudas en el DOGV, por tanto, si no se produce ninguna suspensión de la tramitación, la concesión y su notificación debe producirse antes de agosto de 2022.

– Para el programa 1. Impulso a la competitividad empresarial y al producto turístico de la Comunitat Valenciana: Acceso al programa 1

– Para el programa 2. Impulso a eventos musicales, deportivas y culturales de impacto turístico: Acceso al programa 2

Más información DOGV

Línea bonificada IVF AFIN LIQUIDEZ PYME & AUTÓNOMO

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Plazo de Solicitudes 01.02.2022 – 01.12.2022

DOG: 9260 del 20/1/2022

Préstamos con ayudas directas de hasta el 30% para proyectos de inversión y de capital circulante.

BENEFICIARIOS

Podrán ser beneficiarios los autónomos y sociedades mercantiles cuya sede social, establecimiento o sucursal de producción o de desarrollo de la actividad se encuentre en la Comunitat Valenciana.

INTERESADOS/SOLICITANTES

Los proyectos tendrán como finalidad:

A) Ampliación y renovación de las instalaciones, maquinarias y equipos.

B) Sostenimiento del capital circulante de la empresa, incluyendo la contratación de mano de obra, la adquisición de bienes y servicios ligados al ciclo de explotación, la financiación de clientes, la inversión en existencias y tesorería operativa de la empresa así como la cancelación de la deuda a corto plazo de naturaleza comercial y financiera.

REQUISITOS

El beneficiario:

  • Tendrá su domicilio social o establecimiento de desarrollo de actividad en la Comunitat Valenciana.
  • Será un trabajador autónomo o una pequeña o mediana empresa.
  • Contará con aval financiero otorgado por la Sociedad de Garantía Recíproca de la Comunitat Valenciana.
  • Estará en disposición de contar con todas las licencias, autorizaciones y permisos necesarios para la ejecución del proyecto y cumplir la normativa nacional y comunitaria que resulte aplicable y, en particular, en materia de competencia de contratación del sector público y medio ambiente.
  • Acreditar estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la seguridad social.
  • No estar sujeto a una orden de recuperación pendiente después de una decisión de la Comisión Europea declarando una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
  • No encontrarse en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre.
  • No estar a la fecha de la solicitud en situación de empresa en crisis.

CUANTÍA DE LA AYUDA

En operaciones de sostenimiento de capital circulante, el valor nominal del préstamo no podrá ser inferior a 25.000 euros ni superior a 500.000 euros. En operaciones de inversión, el valor nominal del préstamo se situará entre 25.000 y 1.000.000 de euros.

PLAZO DE CARENCIA

En las operaciones de sostenimiento de capital circulante, el plazo de amortización de la financiación bonificada se situará entre un mínimo de dos y un máximo de cuatro años, sin posibilidad de incluir un periodo de carencia de capital. En las operaciones de inversión el plazo podrá extenderse desde un mínimo de cuatro años hasta un máximo de diez años, con posibilidad de un periodo de carencia de amortización de capital de hasta dos años, incluido en ese plazo.

COMISIONES

No se aplicarán comisiones de apertura ni cancelación de los préstamos.

TIPOS DE INTERÉS

El tipo de interés de la financiación se obtendrá como suma del tipo de interés EURIBOR a un año, con el límite inferior 0% y el margen de riesgo de crédito del 1%.

PLAZO DE PRESENTACIÓN

Hasta el 1 de diciembre de 2022

Más información préstamos IVF

https://dogv.gva.es.pdf

AYUDAS DIGITALIZA 2022

Ayudas DIGITALIZA 2022 |

Plazo de Solicitudes 12.01.2022 – 3.03.2022

Objeto

1.-Convocar la concesión de subvenciones en Proyectos de Digitalización de Pyme (DIGITALIZA-CV) con cargo al presupuesto 2022 del Instituto valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE).

Las ayudas tienen como objetivo incrementar el nivel tecnológico de las pymes industriales y de servicios a la industria mediante la implantación de nuevas tecnologías electrónicas, informáticas y de las comunicaciones, TEIC.

Empresas Beneficiarias

1.-Pymes con sede social o establecimiento de producción ubicado en la Comunitat Valenciana en el momento de la presentación de la justificación.

2- En ningún caso podrán ser beneficiarios las empresas que desarrollen actividades financieras, inmobiliarias, de producción primaria de productos agrícolas o que operan en sectores de la pesca y la acuicultura.

Costes subvencionables

Se consideran subvencionables los siguientes costes:

a) Adquisición de activos inmateriales. Software relacionado con el desarrollo de los proyectos, incluyendo si procede, los costes de implantación y puesta en funcionamiento.

b) Adquisición de activos materiales:

Inversiones en hardware, sensores, automatismos y equipos de comunicaciones. Se excluyen ordenadores personales y servidores, impresoras, terminales, displays, tabletas, consolas y similares.

c) Servicios externos: costes de servicios de asistencia técnica, consultoría y equivalentes, para el diagnóstico, planificación o definición de los servicios previstos en las actuaciones apoyables.

Características de la ayuda.

La ayuda consistirá en una subvención calculada como un porcentaje sobre los costes subvencionables del proyecto, con una cuantía variable en función del tamaño de la empresa.

  • Pequeña empresa: hasta el 40%
  • Mediana empresa: hasta el 30%

La cuantía de la subvención no podrá exceder de 100.000 euros.

La ayuda está sujeta al régimen de mínimis lo que supone que la ayuda total de minimis concedida a una única empresa no será superior a 200.000 euros durante cualquier periodo de tres ejercicios fiscales.

Plazo de presentación.

Las solicitudes se iniciarán el día 12 de enero de 2022 y finalizarán el 3 de marzo de 2022 a las 23:59:59 horas.

Más información

Ayudas a la primera instalación de jóvenes agricultores

 

OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN

El objetivo es la concesión de ayudas para apoyar la primera instalación de jóvenes agricultores en explotaciones que alcancen la calificación de prioritaria y que los beneficios de la ayuda lleguen a cumplir con los requisitos para ser considerados agricultores activos y profesionales.

La medida se dirige a jóvenes agricultores a fin de que puedan instalarse como agricultores profesionales mediante titularidad exclusiva, compartida o en régimen de cotitularidad de una explotación agraria que llegue a poder ser calificada como prioritaria.

Las solicitudes se presentarán a través del modelo normalizado publicado en la guía PROP de la Generalitat www.gva.es/proc571

Dichas solicitudes deberán presentarse junto con el correspondiente plan empresarial generado a través de la aplicación informática diseñada a tal efecto por la Consellería de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica a la que se puede acceder a través de la siguiente URL: http://astral.gva.es/astral

El formulario de solicitud incorpora las declaraciones responsables y compromisos fijados en la Orden 7/2015.

REQUISITOS SOBRE EL PROCESO DE INSTALACIÓN

1.- Los jóvenes que deseen solicitar la ayuda a la primera instalación deben cumplir, entre otros los siguientes requisitos relativos a su proceso de instalación:

a) El proceso debe corresponder a la primera instalación del joven como titular de una explotación agraria y debe haberse iniciado en el momento de presentar la solicitud de la ayuda.

b) El proceso de instalación no debe haberse iniciado con una antelación mayor a 24 meses antes de la presentación de la solicitud de ayuda.

c) No puede haber finalizado el proceso de instalación antes de la presentación de la solicitud de la ayuda.

d) Los objetivos descritos en el plan empresarial deben alcanzarse en dos fases. En un periodo máximo de 9 meses desde la fecha de concesión las personas beneficiarias deben poder acreditar la instalación efectiva. Los planes empresariales deben finalizar como máximo 18 meses después de la fecha de la instalación o a lo sumo antes del 31-12-2023.

PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUD DE LA AYUDA

El plazo será de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de esta convocatoria en el DOGV.

Junto a la solicitud de ayuda deberá aportarse copia de la documentación publicada en la resolución del DOGV de 28/4/21(Orden 7/2015)

Las solicitudes se presentarán telemáticamente a través de la sede electrónica en la dirección www.gva.es/proc571, o bien presencialmente en los registros previstos en la legislación reguladora.

PRIORIZACIÓN DE SOLICITUDES

Las solicitudes serán puntuadas siguiendo los criterios publicados en la Orden 7/2015 de mayor a menos puntuación.

CONCESIÓN DE LA AYUDA

La concesión se realizará en régimen de concurrencia competitiva.

Se establece un umbral de 12 puntos que deben alcanzar las solicitudes presentadas para poder tener derecho a la concesión de la ayuda.

El plazo para la resolución de las solicitudes de ayuda será de seis meses. Si en dicho plazo no se dictara resolución expresa, se entenderá que la misma ha sido desestimada.

La resolución de concesión o denegación de la ayuda será publicada en la web de la Agencia Valenciana de Fomento y Garantía Agraria.

CUANTÍA DE LA AYUDA

La ayuda a la primera instalación de agricultores jóvenes consiste en una prima cuya cuantía básica se establece en 20.000 euros, que pueden incrementarse hasta un máximo de 70.000 euros.

PAGO DE LA AYUDA

Se realiza en dos tramos. El primero supone el 70% del total de la ayuda y se abonará cuando el joven acredite su instalación efectiva.

El segundo corresponde al 30% del total de la ayuda y está supeditado a que la explotación alcance la calificación de explotación prioritaria tras la ejecución del plan empresarial.

Más info https://bit.ly/3yn9Otl

Obligaciones fiscales de la Pyme I

Para poder iniciar una actividad económica es necesario cumplir con una serie de obligaciones fiscales.

Obligaciones fiscales de la Pyme II

Para poder iniciar una actividad económica es necesario cumplir con una serie de obligaciones fiscales.

Sesiones Individualizadas a Personas Emprendedoras

El personal técnico especializado en desarrollo empresarial del PacteTerritorial, ofreció ayer atención personalizada en materia de emprendimiento.
Este servicio, enmarcado dentro del proyecto experimental 2020-2021 tiene, entre uno de sus objetivos, guiar a aquellas personas que tienen una idea de negocio y necesitan conocer cuáles son los primeros a seguir para ponerlo en marcha.

 

 

Análisis Económico-Financiero

Fuente:

sercunet.com

www.ipime.org

EAUTOM – 2021 | Programa de ayudas destinado a mantener el trabajo autónomo de las mujeres

Trámites para darse de alta de autónomo/a

¿Has pensado en montar un negocio por tu cuenta? Te adelantamos que lo primero es ir a la Tesorería General de la Seguridad Social y darse de alta como autónomo. También tendrás que pasar por la Agencia Tributaria y por la mutua que hayas elegido para cubrir las contingencias comunes y profesionales.

El ‘papeleo’ a la hora de darse de alta como persona autónoma puede ser mucho más sencillo si se tienen claros los pasos que hay que dar y cuáles son las distintas Administraciones implicadas.

Primeros pasos

Antes de empezar a abrir tu negocio tienes que dar los siguientes pasos en diferentes administraciones y por este orden.