Ayudas para refuerzo de la CONECTIVIDAD en polígonos industriales y centros logísticos

Ayudas para refuerzo de la conectividad en polígonos industriales y centros logísticos

Desde el 26/6/2022 hasta el  25/9/2022 (ambos incluidos).

BENEFICIARIOS

Personas jurídicas pertenecientes al sector privado, que ostenten la condición de operador debidamente habilitado.

OBJETO

Extender la cobertura de redes públicas de comunicaciones electrónicas capaces de proporcionar servicios de banda ancha de muy alta velocidad en polígonos industriales y centros logísticos de la Comunitat Valenciana, así como otras áreas de alta concentración empresarial como parques empresariales, viveros de empresa y parques tecnológicos o científicos.

CUANTÍA E INTENSIDAD MÁXIMA DE LA AYUDA

1.- Se entiende por intensidad de la ayuda el importe bruto del ayuda expresado en porcentaje de los costes subvencionables del proyecto.

La intensidad de la ayuda será del 80% del coste de todos los conceptos subvencionables con un máximo de la cantidad de la ayuda establecida para cada ámbito de concurrencia.

2.- El importe de las subvenciones en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, supere el coste de la actividad subvencionada.

 Esta cuantía está distribuida por cada una de las tres provincias de la Comunitat Valenciana

GASTOS SUBVENCIONABLES

Las ayudas se destinarán a financiar inversiones y gastos que estén directamente relacionados y sean necesarios para la realización de los proyectos.

Se consideran inversiones y gastos elegibles los siguientes conceptos asociados al proyecto:

  1. Infraestructuras y Obra Civil.
  2. Equipamiento y otros materiales.
  3. Gastos de personal propios.
  4. Otros costes generales o indirectos imputables, como la realización del correspondiente informe técnico.

PLAZO

Desde el 26/7/22 hasta el 25/9/22

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Ayudas directas_subsectores afectados por el INCREMENTO DE COSTES ENERGÉTICOS derivados de la guerra de Ucrania

Ayudas directas a trabajadores autónomos para paliar el incremento de los costes energéticos derivados de la invasión de Ucrania por parte de Rusia.

El termini per a la presentació de sol·licituds s’iniciarà a les 09.00 hores del dia 15 de juliol de 2022 i finalitzarà a les 23.59 del dia 29 de juliol de 2022.

OBJETO

Ayudas directas a trabajadores autónomos para paliar el incremento de los costes energéticos derivados de la invasión de Ucrania por parte de Rusia.

PERSONAS BENEFICIARIAS

Serán beneficiarias las personas físicas que reúnan los siguientes requisitos:

  1. Estar dados de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos desde el 24 de febrero de 2022 hasta la fecha de publicación de esta convocatoria (12/7/2022).
  2. Encontrarse en algún epígrafe del IAE relacionado con en Anexo del presente Decreto, desde el 24/2/2022 hasta la fecha de publicación de esta convocatoria.
  3. Tener su domicilio fiscal en la Comunitat Valenciana.
  4. Que las personas afectadas se hayan visto afectadas económicamente por el incremento de los costes energéticos derivados de la invasión de Ucrania por parte de Rusia, que se acreditará mediante una declaración responsable de las mismas, al menos por un importe igual o superior a 300 euros.

CONCEPTOS SUBVENCIONABLES

A los efectos de estas ayudas, se considerarán gastos subvencionables el incremento de los costes energéticos que hayan soportado las personas beneficiarias durante el periodo de febrero a junio de 2022, con relación al mismo periodo en 2021, y cuya cantidad debe ser superior a 300 euros.

CUANTÍA DE LAS AYUDAS

La cuantía de la ayuda ascenderá a 300 euros por persona beneficiaria.

PLAZO Y FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES

  1. El plazo para la presentación de solicitudes se iniciará a las 09.00 horas del día 15 de julio de 2022 y finalizará a las 23:59 del día 22 de julio de 2022.
  2. Las solicitudes se presentarán de forma telemática en la sede electrónica de la Generalitat Valenciana a través del procedimiento «Solicitud de ayuda de apoyo a los trabajadores autónomos, inscritos como tales en el Régimen Especial de Autónomos, que desarrollan su actividad en los subsectores que se han visto especialmente afectados por el incremento de los costes energéticos derivados de la invasión de Ucrania por parte de Rusia. Plan Reactiva».

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Convocatoria ENGUERA AVANZA 2022_II

Convocatoria ENGUERA AVANZA 2022_II

Desde el 15/6/2022 hasta el 10/10/2022 (ambos incluidos)

TÍTULO I

Ayudas destinadas al fomento de la actividad emprendedora

OBJETO

Fomento de la actividad emprendedora.

Se podrá conceder a aquellas empresas que inicien y desarrollen su actividad en un establecimiento o local abierto al público, ubicado en Enguera y que se hayan constituido como empresa en fechas comprendidas entre el 1 de noviembre de 2021 y el 30 de septiembre de 2022.

FINANCIACIÓN

La cuantía total de las subvenciones a conceder en esta modalidad asciende a un importe de 6.000 euros.

La concesión de las ayudas estará condicionada a la disponibilidad presupuestaria y en todo caso hasta agotarse el crédito destinado a la convocatoria.

BENEFICIARIOS

Empresas o autónomos que desarrollen su actividad en un establecimiento o local abierto al público, ubicado en Enguera, o bien empresas y autónomos nuevos que tengan su dirección fiscal en Enguera (autónomos de servicios sin local al público) en cualquiera de sus formas posibles (personas físicas o jurídicas) y que se hayan constituido como empresa entre el 1 de noviembre de 2021 y el 30 de septiembre de 2022 y, además permanezcan de alta durante un periodo mínimo de 12 meses.  

CUANTÍA

Consiste una subvención a fondo perdido por parte el Ayuntamiento de Enguera de 700 euros por empresa en el caso de nuevas altas sin local al público y de 1.200 en el caso de local abierto al público, en concepto de gastos de constitución e inicio de actividad (gastos corrientes de asesoría, notaría, alquiler, luz, agua etc…)

PLAZO DE PRESENTACIÓN

Desde el 15/6/2022 hasta el 10/10/2022 (ambos incluidos)

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Convocatoria ENGUERA AVANZA 2022

Convocatoria ENGUERA AVANZA 2022

Desde el 15/6/2022 hasta el 10/10/2022 (ambos incluidos)

TÍTULO I

Ayudas destinadas a empresas que contraten por cuenta ajena a personas desempleadas empadronadas en Enguera.

OBJETO

Promover la contratación de trabajadores desempleados, así como el fomento de la actividad emprendedora.

PROGRAMA DE SUBVENCIONES

Programa I: Ayuda a las contrataciones indefinidas iniciales.

Programa II: Ayudas por transformación de contratos de duración determinada en contratos indefinidos.

FINANCIACIÓN

La cuantía total de las subvenciones a conceder, en esta modalidad asciende a 6.000 euros.

La concesión de la ayuda estará condicionada a la disponibilidad presupuestaria y en todo caso hasta agotarse el crédito destinado a la convocatoria.

BENEFICIARIOS

1.- Las empresas, entidades con personalidad jurídica propia (profesionales colegiados, asociaciones o entidades sin ánimo de lucro), y las entidades sin personalidad jurídica propia, cuyos centros de trabajo estén radicados en la comarca de la Canal de Navarrés y la Costera, que entre el 1 de noviembre de 2021 y el 30 de septiembre de 2022, y en su condición de empleadoras realicen contrataciones en los términos que se especifican en las obligaciones del beneficiario (ver enlace de la ayuda al final).

2.- Se excluyen como beneficiaros:

  1. a) Las empresas de trabajo temporal, excepto los trabajadores contratados para prestar servicios para su dirección.
  2. b) Las administraciones públicas y organismo, entidades y sociedades vinculadas o dependientes de las mismas.
  3. c) Empresas con más de 50 trabajadores.

CONTRATOS SUBVENCIONABLES

1.- Contratos celebrados por tiempo indefinido con alta en el régimen de la seguridad social:

  • En el Programa I : Los contratos indefinidos suscritos con trabajadores/as desempleados/as que en el momento de la contratación carezcan de ocupación laboral, según informe de vida laboral de la Tesorería General de la Seguridad Social.

   No se entenderá que carece de ocupación al profesional que ejerce su profesión por cuenta propia, ni aquella persona que está en situación de alta en el régimen especial de Trabajadores Autónomos.

  • En el Programa II: las transformaciones en indefinido de los contratos de duración determinada, así como los contratos formativos, de relevo y de sustitución por anticipación de la edad de jubilación.

2.- La jornada laboral de los contratos indefinidos realizados al amparo de los Programas I y II, deberá ser como mínimo de 20 horas

3.- La contratación por la que se solicita la subvención deberá representar un incremento neto del número de trabajadores indefinidos de la empresa o entidad con respecto al número de trabajadores indefinidos existentes en las misma en los 12 meses anteriores a la formalización de cada contrato objeto de la subvención.

4.- Los puestos de trabajo por los que se solicita la subvención deberán desarrollarse en centros radicados en el territorio de las comarcas La Canal de Navarrés y La Canal.

5.- Las personas contratadas deberán:

  1. a) Ser ciudadanos de Enguera y estar empadronados en el municipio con anterioridad al 1 de enero de 2021.
  2. b) Estar desempleados, en el caso del Programa I, acreditando esta condición mediante:

– Certificado de situación de LABORA y documento DARDE.

– Informe de vida laboral actualizado.

  1. c) En el caso del Programa II deberán estar contratados temporalmente, acreditando esta situación mediante contrato de trabajo e informe de vida laboral actualizado.

CUANTÍA DE LAS AYUDAS

1.- Las ayudas se otorgarán hasta agotar el crédito disponible.

2.- Las cuantías de la subvención establecidas serán las siguientes:

2.1– En el Programa I, por cada contratación indefinida a tiempo completo:

2.1.1-Mujeres, jóvenes menores de 25 años y hombres de 45 años o más: 1500 euros

2.1.2-Hombres de 25 a 44 años: 1.200 euros

2.2- En el Programa I, por cada contratación indefinida a tiempo parcial, igual o superior a 20 horas semanales:

2.2.1-Mujeres, jóvenes menores de 25 años y hombres mayores de 45 años o más: 750 euros. Si la jornada de contratación es superior a 20 horas semanales, se incrementará la ayuda en la misma proporción que la jornada, hasta un máximo de 1.500 euros de la jornada completa.

2.2.2-Hombres de 25 a 44 años: 600 euros.

Si la jornada de contratación es superior a 20 horas semanales, se incrementará la ayuda en la misma proporción que la jornada, hasta un máximo de 1.500 euros en el apartado 2.2.1. y 1.200 euros, en el apartado 2.2.2.,

2.3-En el Programa II, por cada transformación de contratos temporales a tiempo completo será:

2.3.1- Mujeres, jóvenes menores de 25 años y hombres de 45 años o más: 900 euros.

2.3.2-Hombres entre 25 a 44 años: 700 euros.

2.4- En el Programa II, por cada transformación de contratos temporales a tiempo parcial, igual o superior a 20 horas, será:

2.4.1- Mujeres, jóvenes menores de 25 años y hombres de 45 años o más: 450 euros

2.4.2- Hombres de 25 a 44: 350 euros.

Si la jornada de contratación es superior a 20 horas semanales, se incrementará la ayuda en la misma proporción de la jornada hasta un máximo de 900 euros en el apartado 2.4.1 y 700 euros en el apartado 2.4.2.

PLAZO DE PRESENTACIÓN

Desde el 15/6/2022 hasta el 10/10/2022

Ayudas a la CERTIFICACIÓN de la PRODUCCIÓN ECOLÓGICA en la CV

Ayudas a la certificación de la PRODUCCIÓN ECOLÓGICA en la CV

Desde el 28/6/2022 hasta el 18/7/2022 (ambos incluidos)

OBJETO

Fomentar la producción ecológica en el ámbito de la Comunitat Valenciana en el programa de la calidad de los alimentos regulado por el Reglamento (UE) 2018/848 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018, sobre producción ecológica y etiquetado de los productos ecológicos.

 

INTERESADOS

Las personas físicas o jurídicas inscritas en el Registro de operadores titulares de explotaciones agropecuarias (Registro de productores) o en el Registro de operadores titulares de empresas de elaboración, manipulación, envasado, almacenamiento, exportación y/o comercialización de productos ecológicos (Registro de empresas).

 

CUANTÍA DE LA AYUDA

  • Podrá ser entre el 70% y el 90% de los gastos subvencionables, estableciéndose el porcentaje en cada convocatoria de ayudas.
  • La cuantía de la ayuda a otorgar por beneficiario no podrá superar el importe de 2.000 euros anuales.
  • El importe total de las ayudas minimis concedidas a una única empresa dedicada a la producción primaria de productos agrícolas no excederá de 20.000 euros durante cualquier periodo de tres ejercicios fiscales.
  • El importe total de las ayudas minimis concedidas a una única empresa no dedicada a la producción primaria de productos agrícolas no excederá de 200.000 euros durante cualquier periodo de tres ejercicios fiscales.

 

PLAZO DE PRESENTACIÓN

Desde el 28/6/2022 hasta el 18/7/2022,ambos inclusive.

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Subvención destinada a fomentar la contratación de personas desempleadas pertenecientes a colectivos desfavorecidos | ECOPDE 2022

Subvención destinada a fomentar la contratación de personas desempleadas pertenecientes a colectivos desfavorecidos

Plazo desde el 17/6/2022 hasta el 20/09/2022 PLAZO FINALIZADO

OBJETO

Fomentar, en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana, la contratación a jornada completa, durante al menos veinticuatro meses, de las personas desempleadas que pertenezcan a alguno de los siguientes colectivos:

Personas desfavorecidas:

  1. Personas que no hayan tenido un contrato indefinido o fijo discontinuo en los 6 meses previos.
  2. Jóvenes entre 16 y 24 años.
  3. Personas mayores de 50 años.

Personas muy desfavorecidas:

  1. Personas que no hayan tenido un contrato indefinido o fijo discontinuo en los 24 meses previos.
  2. Jóvenes entre 16 y 24 años y personas mayores de 50 años que no hayan tenido un contrato indefinido o fijo discontinuo en los 12 meses previos.

SOLICITANTES

Empresas de naturaleza jurídica privada, con centro de trabajo en la Comunitat Valenciana.

REQUISITOS

Resultará objeto de subvención la contratación ininterrumpida durante al menos veinticuatro meses (mediante uno o varios contratos), a jornada completa, de las personas desempleadas pertenecientes al colectivo de personas desfavorecidas o al colectivo de personas muy desfavorecidas. En el caso de personas con diversidad funcional severa, resultará subvencionable las contrataciones que tengan una jornada de al menos 15 horas semanales.

Las personas destinatarias finales deberán haber permanecido desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en LABORA hasta su contratación. No se entenderá cumplido este requisito si la inscripción se produce el día en que se inicia la relación laboral.

CONDICIONES

1.- Las solicitudes que se presenten deberán incluir al menos 20 contratos subvencionables.

2.- Las contrataciones deberán haberse iniciado a partir del 1 de enero de 2022.

3.- La contratación deberá representar un incremento neto de la plantilla en comparación con la plantilla media de las personas trabajadoras en situación de alta en los 12 meses anteriores a la celebración del contrato o su mantenimiento.

4.- Para resultar subvencionable, los contratos temporales o sus prórrogas deberán reflejar que la contratación se extenderá al menos durante veinticuatro meses o transformarse en indefinidos antes de presentar la solicitud.

CUANTÍA DE LA AYUDA

El importe de la subvención será el resultado de multiplicar el 45% del salario mínimo interprofesional vigente en el momento de la contratación (50% en el caso de personas con diversidad funcional y mujeres) por:

  1. 12 meses, en el caso de personas trabajadoras desfavorecidas: 6.300 euros; si concurren adicionalmente la condición de mujer o diversidad funcional, 7.000 euros.
  2. 24 meses en el caso de persona muy desfavorecida: 12.600 euros; si concurre adicionalmente la condición de mujer o diversidad funcional, 14.000 euros

PLAZO DE PRESENTACIÓN

Desde el 17/6/2022 hasta el 20/9/2022 (ambos inclusive).

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Ayudas AVALEM COMERÇ a la pyme comercial para 2022 (CMMOPY)

Plazo: desde el 23/6/2022 al hasta el 8/7/2022

OBJETO

El objeto de las ayudas es incrementar la competitividad, la innovación y la calidad de las pymes.

Las ayudas deberán ir destinadas a financiar las inversiones en equipamiento, obras e instalaciones para establecimientos comerciales en la Comunitat Valenciana.

INTERESADOS

1.- Las personas físicas y las sociedades mercantiles y asimiladas descritas como pymes o micropymes, incluyendo las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, sociedades civiles, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica propia.

2.- Y que ejerzan o vayan a ejercer la actividad comercial en la Comunitat Valenciana, en alguna de las actividades según:

-CNAE: Sección G, División 47, excepto los grupos y clases 4726, 473,4773,478 y 479.

– IAE: Sección primera División 6, Agrupaciones:

Agrupación 64 excepto el grupo 646 y el epígrafe 647.5

Agrupación 65 excepto el epígrafe 652.1  y los grupos 654 y 655.

En ningún caso serán apoyables las actividades de reparación y mantenimiento.

ACCIONES APOYABLES Y CUANTÍA

1.- Inversiones en equipamiento, obras e instalaciones para el establecimiento comercial, incluyendo las aplicaciones informáticas y gastos derivados de la creación de una página web vinculada al establecimiento, destinada a la implantación de la venta en línea o la integración de una plataforma en línea de comercio electrónico, a los establecimientos situados o que se implantarán en la Comunitat Valenciana.

2.- Estas inversiones se pueden destinar a equipamiento para la exposición, el almacenamiento y venta del producto, la señalización e identificación del establecimiento, sistemas de seguridad, accesibilidad, ahorro energético, tratamiento de residuos etc…Sólo se subvencionarán las obras realizadas e la zona de venta del establecimiento.

3.- La inversión aprobada no podrá ser inferior a 3.000 euros y la ayuda podrá alcanzar el 75% de la inversión, con el límite de 40.000 euros por establecimiento en un periodo de tres años.

4.- En el ejercicio 2022 se consideran apoyables las actuaciones realizadas desde el 1 de enero de 2022 hasta el 31 de octubre de 2022.

5.- En el caso de desarrollarse en el mismo local o establecimiento distintas actividades, a los efectos del IAE, se considerarán únicamente las actuaciones directamente vinculadas a la actividad apoyable.

PLAZO DE PRESENTACIÓN

Desde el 23/6/2022 al hasta el 8/7/2022 (ambos inclusive).

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CONVOCATORIAS LÍNEAS ICO 2022: EMPRESAS, EMPRENDEDORES E INTERNACIONAL

CONVOCATORIAS LÍNEAS ICO 2022: EMPRESAS, EMPRENDEDORES E INTERNACIONAL

Plazo: año 2022

Las líneas ICO, son líneas de financiación en las que el ICO actúa a través de la Entidades de Crédito, es decir concede los fondos con la intermediación de citadas Entidades.

Las líneas disponibles ICO 2022 se dividen en dos apartados:

EMPRESAS Y EMPRENDEDORES

Líneas para financiar tanto proyectos de inversión como necesidades de liquidez de autónomos y empresas.

Para la distribución de estos productos, el ICO actúa en colaboración con las Entidades de Crédito adheridas a cada una de las líneas. De esta forma el ICO aporta los fondos y las Entidades son las encargadas de la tramitación, estudio y aprobación de las operaciones en las condiciones establecidas en las líneas.

LÍNEAS DISPONIBLES:

ICO Empresas y Emprendedores 2022

Financiación orientada a autónomos y empresas que realicen inversiones productivas en el territorio nacional y/o necesiten cubrir sus necesidades de liquidez. También pueden solicitar financiación particulares y comunidades de propietarios para rehabilitación de viviendas.

Más información ICO Empresas y Emprendedores 2022

Plazo: año 2022

 

ICO Garantía SGR/SAECA 2022

Financiación orientada a autónomos y empresas españolas o mixtas con capital mayoritariamente español que cuentes con el aval de una Sociedad de garantía Recíproca (SGR).

Más información ICO Garantía SGR/SAECA 2022

Plazo: año 2022

 

ICO Crédito Comercial 2022

Orientada a autónomos y empresas con domicilio social en España que deseen obtener liquidez mediante el anticipo del importe de las facturas procedentes de su actividad comercial dentro del territorio nacional 2022.

Más información ICO CREDITO COMERCIAL

Plazo: año 2022

 

ICO Red.es Acelera

Destinada a beneficiarios de ayudas de las convocatorias publicadas por red.es: empresas, fundaciones, asociaciones, colegios profesionales, entidades locales, universidades, organismos públicos de investigación, centros públicos  de I+D, centros tecnológicos y de apoyo a la innovación tecnológica etc…

Más información ICO Red.es Acelera

Plazo: hasta el 31/3/2024

 

INTERNACIONAL

Líneas disponibles para financiar el proceso de internacionalización y la actividad exportadora de las empresas españolas.

 

ICO Internacional 2022

Más información ICO Internacional 2022

Plazo: año 2022

 

ICO Exportadores 2022

Más información ICO Exportadores 2022

Plazo: año 2022

EAUTOM 2022. AYUDA DESTINADA AL MANTENIMIENTO DEL TRABAJO AUTÓNOMO DE MUJERES

EAUTOM 2022. AYUDA DESTINADA AL MANTENIMIENTO DEL TRABAJO AUTÓNOMO DE MUJERES

PLAZO FINALIZADO: (desde el 7/4/22 al 15/9/2022)

OBJETO

Fomentar el emprendimiento a través del programa de apoyo al mantenimiento del trabajo autónomo de mujeres por el que se otorga una subvención para la contratación de personas desempleadas que efectúen mujeres autónomas embarazadas o en proceso de adopción, a fin de que puedan transferirles el conocimiento necesario que posibilite el mantenimiento de la actividad durante la baja maternal.

 

INTERESADOS

 

Mujeres trabajadoras autónomas que en el momento de la contratación de la subvención se encuentren embarazadas o en proceso de adopción.

CUANTÍA

 

  1. En el caso de contratos temporales a jornada completa de al menos 3 meses de duración: 1.500 euros.
  2. En el caso de contratos temporales a jornada completa de al menos 6 meses de duración: 3.500 euros.

Los importes indicados se incrementarán en 500 euros si se contrata a una persona con diversidad funcional o una mujer.

Los contratos a tiempo parcial de al menos 30 horas semanales resultarán subvencionables, con reducción proporcional de la cuantía de la ayuda.

PLAZO DE PRESENTACIÓN

 

Desde el 7/4/2022 al 15/9/2022

Más información DOGV

AYUDAS TRRETA. AYUDAS PARA FINANCIAR LOS COSTES FIJOS EN EL RETA 2022

AYUDAS TRRETA. AYUDAS PARA FINANCIAR LOS COSTES FIJOS EN EL RETA 2022

Plazo: desde el 19/4/22 al 6/5/2022

OBJETO

Ayudas para financiar los costes fijos de inclusión en el RETA de las personas trabajadoras autónomas empadronadas en un municipio de la Comunidad Valenciana con población inferior a 5.000 habitantes.

INTERESADOS

Personas trabajadoras autónomas con residencia y domicilio fiscal en la Comunitat Valenciana:

1.- Que realicen de forma habitual, personal, directa, por cuenta propia y fuera del ámbito de dirección y organización de otra persona, una actividad económica o profesional a título lucrativo, den o no ocupación a trabajadores por cuenta ajena.

2.- Que reúnan los requisitos siguientes:

-Estar dados de alta en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos de la Seguridad Social (RETA).

– Cumplir, dentro del año natural de la publicación de la Resolución de convocatoria, un periodo de cotización mínimo de tres años y máximo de cinco años ininterrumpidos, debiendo haberse dado de alta en el RETA en el periodo comprendido entre el 01/01/2017 y el 31/12/2019, ambos inclusive.

– Estar empadronado en un municipio de la Comunitat Valenciana con menos de 5.000 habitantes.

– Estar de alta, en el caso de personas trabajadoras autónomas, en el Censo de Obligados Tributarios de la Agencia Tributaria, correspondiendo el lugar de desarrollo de la actividad declarada a un municipio de menos de 5.000 habitantes.

– No contar con más de 9 trabajadoras o   trabajadores   contratados por cuenta ajena el día de la publicación de la convocatoria en el DOGV.

CUANTÍA DE LA AYUDA

3.000 euros en los supuestos de:

Mujeres víctimas de violencia de género.

Personas con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33%.

Personas víctimas del terrorismo.

Personas con 48 o más años.

2.800 euros en el caso de mujeres no comprendidas en los apartados anteriores.

2.600 euros en el caso de hombres no comprendidos en los apartados anteriores.

Plazo: desde el 19/4/2022 hasta el 06/05/2022

Más información DOGV