Subvención destinada a fomentar la contratación de personas desempleadas pertenecientes a colectivos desfavorecidos | ECOPDE 2022

Subvención destinada a fomentar la contratación de personas desempleadas pertenecientes a colectivos desfavorecidos

Plazo desde el 17/6/2022 hasta el 20/09/2022 PLAZO FINALIZADO

OBJETO

Fomentar, en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana, la contratación a jornada completa, durante al menos veinticuatro meses, de las personas desempleadas que pertenezcan a alguno de los siguientes colectivos:

Personas desfavorecidas:

  1. Personas que no hayan tenido un contrato indefinido o fijo discontinuo en los 6 meses previos.
  2. Jóvenes entre 16 y 24 años.
  3. Personas mayores de 50 años.

Personas muy desfavorecidas:

  1. Personas que no hayan tenido un contrato indefinido o fijo discontinuo en los 24 meses previos.
  2. Jóvenes entre 16 y 24 años y personas mayores de 50 años que no hayan tenido un contrato indefinido o fijo discontinuo en los 12 meses previos.

SOLICITANTES

Empresas de naturaleza jurídica privada, con centro de trabajo en la Comunitat Valenciana.

REQUISITOS

Resultará objeto de subvención la contratación ininterrumpida durante al menos veinticuatro meses (mediante uno o varios contratos), a jornada completa, de las personas desempleadas pertenecientes al colectivo de personas desfavorecidas o al colectivo de personas muy desfavorecidas. En el caso de personas con diversidad funcional severa, resultará subvencionable las contrataciones que tengan una jornada de al menos 15 horas semanales.

Las personas destinatarias finales deberán haber permanecido desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en LABORA hasta su contratación. No se entenderá cumplido este requisito si la inscripción se produce el día en que se inicia la relación laboral.

CONDICIONES

1.- Las solicitudes que se presenten deberán incluir al menos 20 contratos subvencionables.

2.- Las contrataciones deberán haberse iniciado a partir del 1 de enero de 2022.

3.- La contratación deberá representar un incremento neto de la plantilla en comparación con la plantilla media de las personas trabajadoras en situación de alta en los 12 meses anteriores a la celebración del contrato o su mantenimiento.

4.- Para resultar subvencionable, los contratos temporales o sus prórrogas deberán reflejar que la contratación se extenderá al menos durante veinticuatro meses o transformarse en indefinidos antes de presentar la solicitud.

CUANTÍA DE LA AYUDA

El importe de la subvención será el resultado de multiplicar el 45% del salario mínimo interprofesional vigente en el momento de la contratación (50% en el caso de personas con diversidad funcional y mujeres) por:

  1. 12 meses, en el caso de personas trabajadoras desfavorecidas: 6.300 euros; si concurren adicionalmente la condición de mujer o diversidad funcional, 7.000 euros.
  2. 24 meses en el caso de persona muy desfavorecida: 12.600 euros; si concurre adicionalmente la condición de mujer o diversidad funcional, 14.000 euros

PLAZO DE PRESENTACIÓN

Desde el 17/6/2022 hasta el 20/9/2022 (ambos inclusive).

Más información

Ayudas AVALEM COMERÇ a la pyme comercial para 2022 (CMMOPY)

Plazo: desde el 23/6/2022 al hasta el 8/7/2022

OBJETO

El objeto de las ayudas es incrementar la competitividad, la innovación y la calidad de las pymes.

Las ayudas deberán ir destinadas a financiar las inversiones en equipamiento, obras e instalaciones para establecimientos comerciales en la Comunitat Valenciana.

INTERESADOS

1.- Las personas físicas y las sociedades mercantiles y asimiladas descritas como pymes o micropymes, incluyendo las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, sociedades civiles, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica propia.

2.- Y que ejerzan o vayan a ejercer la actividad comercial en la Comunitat Valenciana, en alguna de las actividades según:

-CNAE: Sección G, División 47, excepto los grupos y clases 4726, 473,4773,478 y 479.

– IAE: Sección primera División 6, Agrupaciones:

Agrupación 64 excepto el grupo 646 y el epígrafe 647.5

Agrupación 65 excepto el epígrafe 652.1  y los grupos 654 y 655.

En ningún caso serán apoyables las actividades de reparación y mantenimiento.

ACCIONES APOYABLES Y CUANTÍA

1.- Inversiones en equipamiento, obras e instalaciones para el establecimiento comercial, incluyendo las aplicaciones informáticas y gastos derivados de la creación de una página web vinculada al establecimiento, destinada a la implantación de la venta en línea o la integración de una plataforma en línea de comercio electrónico, a los establecimientos situados o que se implantarán en la Comunitat Valenciana.

2.- Estas inversiones se pueden destinar a equipamiento para la exposición, el almacenamiento y venta del producto, la señalización e identificación del establecimiento, sistemas de seguridad, accesibilidad, ahorro energético, tratamiento de residuos etc…Sólo se subvencionarán las obras realizadas e la zona de venta del establecimiento.

3.- La inversión aprobada no podrá ser inferior a 3.000 euros y la ayuda podrá alcanzar el 75% de la inversión, con el límite de 40.000 euros por establecimiento en un periodo de tres años.

4.- En el ejercicio 2022 se consideran apoyables las actuaciones realizadas desde el 1 de enero de 2022 hasta el 31 de octubre de 2022.

5.- En el caso de desarrollarse en el mismo local o establecimiento distintas actividades, a los efectos del IAE, se considerarán únicamente las actuaciones directamente vinculadas a la actividad apoyable.

PLAZO DE PRESENTACIÓN

Desde el 23/6/2022 al hasta el 8/7/2022 (ambos inclusive).

Más información