EL PACTE TERRITORIAL COSTERA-CANAL FINALIZA SU SEXTO PROYECTO CON BALANCE MUY POSITIVO

EL PACTE TERRITORIAL COSTERA-CANAL FINALIZA SU SEXTO PROYECTO CON BALANCE MUY POSITIVO

  • El importe de la subvención, concedido por Labora Servicio Valenciano de Ocupación y Formación y por el Ministerio de Trabajo y Economía Social dentro del programa AvalemTerritori, ha ascendido a 240.000€.

 

Xàtiva, 29 de marzo de 2022.- El Pacte Territorial Costera-Canal finaliza este próximo 31 de marzo su sexto proyecto experimental “Impulsant La Costera-Canal”, con balance muy positivo.

A lo largo de los casi 12 meses que ha durado, se ha asesorado a cerca de 300 usuarios. Desgranando esta estadística, un dato a destacar es la elevada participación de mujeres durante el proyecto, con un 56% del total.

Por lo que se refiere al total de personas atendidas, el municipio con más participación en este servicio ha sido Enguera con 65 usuarios, de los cuales 31, han obtenido un contrato laboral durante la ejecución del programa.

 

Seguidamente, los municipios en los que ha habido más atenciones después de la capital de la Canal de Navarrés han sido l’Alcúdia de Crespins (44); El Genovés (25), LlocNou d’En Fenollet (16); Moixent (17), Navarrés (14) y Bicorp (9).

El resultado de tales atenciones llega incluso al 100% de inserción, como es el caso de La Llosa de Ranes, Novetlè y Torrella. A estos municipios les siguen Bicorp, con un 67%; El Genovés con 60%; Navarrés con 57 %; Moixent con 53%; l’Alcúdia de Crespins y Enguera con 48%.

 

Respecto a los sectores de inserción han sido muy variados, repartiéndose de forma equitativa entre el sector agrícola y forestal, industrial, de la construcción, servicios y programas municipales y mancomunados para la inserción laboral tales como talleres de empleo; en menor medida, en hostelería.

 

EMPRENDIMIENTO

Por lo que se refiere al área de empresa y con el objetivo de incentivar la creación de nuevas empresas y de apoyarles desde el inicio de su idea de proyecto hasta su puesta en marcha reduciendo así la incertidumbre que surge en los momentos iniciales, el equipo técnico especializado ha atendido a 60 personas emprendedoras. De estas, cuatro se dieron de alta a través del punto PAE, dos de ellas como trabajadoras autónomas y dos como sociedades limitadas. Otras nueve personas lo hicieron a través de sus propios medios.

 

Un dato a subrayar es el número de jóvenes que han hecho uso de este servicio. En concreto, 10 han sido los jóvenes que han solicitado asesoramiento a través de la oficina Emprenjove de Xàtiva, con la que el Pacte colabora desde sus inicios.

 

Respecto al sexo de las personas atendidas, 33 de ellas han sido hombres y 27 mujeres, estando además equilibrado el origen de las solicitudes entre las comarcas de la Costera y la Canal de Navarrés. Por sectores de actividad de solicitudes, ha sido heterogénea, predominando el sector del comercio (venta directa) y servicios.

 

AYUDAS

Cabe mencionar, además, el acompañamiento, tutorización y gestión de 8 ayudas EAUTOE, dirigidas a personas desempleadas para que puedan acceder a su empleo como trabajador autónomo en proyectos innovadores.

 

«Estamos satisfechos con las tareas realizadas por el equipo técnico de Pacte que ha estado al lado de la ciudadanía facilitándoles su reinserción laboral o el asesoramiento a las empresas. Satisfechos también por los resultados que nos indican que hemos ayudado a disminuir el paro en nuestras comarcas», ha indicado la presidenta del Pacte M.ª José Tortosa, quien ha destacado «cabe trabajar por reforzar el Pacte y establecer las alianzas necesarias entre los agentes sociales que lo conforman como herramienta necesaria para cohesionar el territorio y crear así empleo y riqueza».

TECG. AYUDAS PARA LA COOPERACIÓN EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE DESARROLLO RURAL DE LA COMUNITAT VALENCIANA 2014-2020

TECG. AYUDAS PARA LA COOPERACIÓN EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE DESARROLLO RURAL DE LA COMUNITAT VALENCIANA 2014-2020

Plazo de Solicitudes 17.03.2022 – 17.04.2022

Objeto

  1. Apoyo y fomento de proyectos piloto para el desarrollo de nuevos productos, técnicas, procesos y tecnologías vinculados al sector agrario y alimentario derivados de planteamientos de cooperación de equipos de innovación.
  2. Las ayudas de las diferentes convocatorias están referidas a proyectos de cooperación relacionados con:
  • Experiencias innovadoras y sostenibles entre productores y centros de investigación con cultivos adaptados al cambio climático y producidos con modelos agroecológicos.
  • Valorización de restos vegetales en experiencias de agrocompostaje u otros, cuya finalidad sea evitar el uso del fuego para la eliminación de restos agrícolas.
  • Ganadería extensiva e iniciativas en este sector.
  • Experiencias de transformación agroalimentaria innovadoras, especialmente vinculadas a figuras de calidad diferenciada y producción ecológica.

3.La duración de cada uno de los proyectos de cooperación que prevén las diferentes convocatorias no será superior a cinco años.

 

Interesados

1.- Los operadores del sector agroalimentario, las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas que conforman un equipo de innovación y presentan un proyecto piloto para el desarrollo de nuevos productos, técnicas, procesos y tecnología.

2.- Se considera, a efectos de esta orden, como equipo de innovación la agrupación de personas físicas y/o jurídicas que se constituyen como tales para resolver un problema concreto o aprovechar una oportunidad determinada mediante la implantación de proyectos piloto o el desarrollo de nuevos productos, técnicas, procesos y tecnología.

 

Cuantía 

El porcentaje de subvención a conceder sobre la base del importe total de gasto/coste admitido como auxiliable será del 40%. No obstante este porcentaje podrá ser del 80%en el caso de proyectos presentados por entidades públicas.

La ayuda máxima por proyecto no superará los 80.000 euros.

Para los proyectos de cooperación relacionados con experiencias innovadoras y sostenibles entre productores y centros de investigación con cultivos adaptados al cambio climático y producidos con modelos agroecológicos, hasta un importe máximo de 150.000 euros en 2022 y 600.000 en 2023.

La cuantía correspondiente a 2023 queda supeditada a la existencia de crédito adecuado y suficiente para el presupuesto de este ejercicio.

Se fija un presupuesto adicional de hasta 250.000 euros, que se distribuirán entre las anualidades que prevé esta convocatoria. Dicha cantidad queda condicionada a la disponibilidad de crédito.

 

Costes subvencionables

Costes directos de las actividades de cooperación. Costes de ejecución del proyecto, incluyendo inversiones y gastos de personal.

Costes indirectos de las actividades de cooperación como los estudios técnicos o de redacción de los proyectos.

También se incluirán actividades de demostración cuando contribuyen a divulgar o transferir los logros de proyectos que tengan las finalidades mencionadas.

El IVA en el caso de que sea real y definitivamente soportado por el beneficiario, y por lo tanto no recuperable.

 

Plazo de presentación 

Desde el 17/3/2022 al 17/4/2022

 

Más información procedimientos 

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EAUTOE 2022. AYUDAS A PERSONAS DESEMPLEADAS QUE ACCEDAN A SU EMPLEO COMO TRABAJADOR AUTÓNOMO EN PROYECTOS INNOVADORES

EAUTOE 2022. AYUDAS A PERSONAS DESEMPLEADAS QUE ACCEDAN A SU EMPLEO COMO TRABAJADOR AUTÓNOMO EN PROYECTOS INNOVADORES

Plazo de Solicitudes 22.03.2022 – 30.06.2022

OBJETIVO

 Ayudas económicas destinadas al establecimiento como trabajador autónomo o por cuenta propia en proyectos innovadores. A los efectos de esta convocatoria se considerará innovador:

  • Que ofrezcan alguna novedad o mejora sobre productos o servicios existentes.
  • Actividades empresariales o profesionales en las que se detecte una falta de oferta en el territorio donde la persona trabajadora autónoma vaya a prestar sus servicios.
  • Ideas de negocio, en sectores maduros, que den respuesta a necesidades no cubiertas.

INTERESADOS

 Personas desempleadas que se constituyan en personal trabajador autónomo o por cuenta propia.

 REQUISITOS 

  • Haber iniciado la actividad autónoma a partir del 1 de enero de 2022.
  • Haber permanecido en situación de desempleo manteniendo la inscripción como demandante de LABORA hasta el inicio de la actividad.
  • Figurar de alta en el Censo de Obligados Tributarios y en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos con carácter previo a la presentación de la solicitud.
  • No haber figurado de alta en el Régimen Especial de trabajadores autónomos en los 6 meses anteriores al inicio de actividad.
  • Desarrollar la actividad de forma independiente.
  • No haber sido beneficiario en alguno de los tres ejercicios anteriores de otras subvenciones de LABORA por constitución como autónomo.
  • El proyecto debe tener carácter innovador y reunir las condiciones de viabilidad técnica, económica y financiera lo que precisará el informe de cualquiera de las entidades, públicas o privadas, incluidas en el mapa del Ecosistema Emprendedor de la Comunidad Valenciana.

CUANTÍA

a) Personas desempleadas en general: 2.500 euros

b) Personas desempleadas menores de 30 años o mayores de 45 años: 3.000 euros

c) Personas desempleadas con diversidad funcional: 3.500 euros.

d) Mujeres desempleadas víctimas de la violencia sobre la mujer: 4.500 euros.

Los importes establecidos en las letras a), b) y c) se incrementarán en 500 euros en el caso de mujeres.

 PLAZO DE PRESENTACIÓN

 Del 22/3/2022 hasta el 30/6/2022

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ESCUELA OFICIAL DE IDIOMAS XÀTIVA

ESCUELA OFICIAL DE IDIOMAS XÀTIVA

APRENDER LENGUAS EN LA ESCUELA OFICIAL DE IDIOMAS DE XÀTIVA

Todo el mundo coincidimos en señalar cómo es de importante tener una buena formación en lenguas hoy en día, puesto que las demandas del mundo en que vivimos, globalizado y multicultural, hacen del todo necesario que tengamos un buen conocimiento de idiomas para poder mejorar nuestras competencias profesionales. A la hora de acceder a un nuevo trabajo, de progresar en el que ya tenemos o de mejorar nuestra formación académica, suele ser requisito imprescindible que acreditemos nuestro conocimiento en lenguas extranjeras y en valenciano.

En este sentido, la Escuela Oficial de Idiomas de Xàtiva adquiere un papel fundamental como eje vertebrador del aprendizaje en lenguas de las comarcas centrales: su ámbito de acción recoge alumnado procedente de la Costera, la Vall d’Albaida, la Canal de Navarrés, el Valle de Ayora y parte de la Ribera. Son, por lo tanto, centro de referencia en enseñanza de idiomas, y pretenden continuar con sus características de ser un centro próximo, accesible, sostenible y que contribuya de manera activa a la necesidad de formación en lenguas de la sociedad.

LA ESCUELA OFICIAL DE IDIOMAS DE XÀTIVA: QUIÉNES SON

 

La Escuela Oficial de Idiomas de Xàtiva es un centro público no universitario de régimen especial dedicado íntegramente a la enseñanza de idiomas donde se atiende a todo tipo de formación lingüística. Se encuentra ubicada en la avenida Pintor Juan Francés Gandia, nº 1 de Xàtiva. La docencia se desarrolla en este edificio, así como en las secciones de Ontinyent y Ayora, dependientes de la sede de Xàtiva.

Se imparten clases de inglés – A2 hasta C2-, francés -A2 hasta B2-, alemán -A2 hasta B2- y valenciano -C1 y C2, de acuerdo con el Marco Común de Referencia para las Lenguas (MCERL). Se ofrecen cursos reglados de estos idiomas de 120 horas de duración, y también cursos formativos de una destreza específica de una duración más corta -30 o 60 horas.

Las modalidades horarias son variadas, y pueden ser alternas -el alumnado asiste en clase dos días en la semana, en clases de 2 horas de duración cada una-, intensiva -dos días en la semana en clases de 4 horas de duración cada una- o compacta -en clases de cuatro horas de duración, una vez en la semana.

En la actualidad cuenta con un total de 98 grupos, entre enseñanza formal y enseñanza no formal. De estos, 65 se imparten en la sede de Xàtiva, 29 a la sección de Ontinyent y 4 a la sección de Ayora.

Por otro lado, cuentan también con una biblioteca y una mediateca lingüística, donde el alumnado puede trabajar de manera autónoma o participar en los diferentes talleres que se ofrecen: de conversación, de fonética o de preparación de exámenes. Se puede asistir a estos talleres tanto de manera presencial como de manera en línea.

Para cualquier duda, podéis acudir al centro sin necesidad de cita previa, o bien consultar su página web: https://portal.edu.gva.es/eoixativa/

Si queréis poneros en contacto con la escuela podéis hacerlo mediante el correo electrónico 46028661.secretaria@edu.gva.es  o llamando al teléfono 96 224 93 45.

AYUDAS DESTINADAS A LA PROMOCIÓN DE LA ECONOMÍA SOSTENIBLE EN LA COMUNITAT VALENCIANA PARA EL EJERCICIO 2022.

AYUDAS DESTINADAS A LA PROMOCIÓN DE LA ECONOMÍA SOSTENIBLE EN LA COMUNITAT VALENCIANA PARA EL EJERCICIO 2022.

Plazo: desde el 14/3/22 al 22/4/2022

Objeto del trámite

La concesión de subvenciones destinadas a contribuir a la promoción económica sostenible en la Comunitat Valenciana, a través de la financiación de actuaciones de fomento y difusión de la cultura y prácticas de las empresas sociales y de la Economía del Bien Común (EBC).

Interesados/Solicitantes

 Pueden acogerse a estas subvenciones las siguientes entidades:

a) Asociaciones, fundaciones y otras entidades y organizaciones sin ánimo de lucro que tengan entre sus fines la promoción y fomento de los principios vinculados a la Economía Sostenible, la responsabilidad social de la empresa, la información no financiera y de sostenibilidad en el modelo económico y la EBC.

b) Pequeñas y medianas empresas (PYMES) con personalidad jurídica propia que realicen actuaciones vinculadas con la implantación de la cultura y práctica de la empresa social y de la Economía Sostenible y la Economía del Bien Común (EBC), que tengan al menos un trabajador asalariado a jornada completa con antigüedad superior a un año.

c)Centros, institutos y entes universitarios especializados que lleven a cabo actividades de investigación y formación especializada en materias vinculadas a la Economía sostenible, la empresa social o la Economía del Bien Común (EBC), ya tengan personalidad jurídica propia, ya dependan o se encuentren adscritos a una universidad.

d)Los Pactos Territoriales por el Empleo y Desarrollo Local de la Comunitat Valenciana que estén reconocidos por la Generalitat Valenciana como tales.

Requisitos

a) Estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro público correspondiente a la fecha de la publicación de la correspondiente convocatoria, en caso de que fuera exigible.

b) Tener el domicilio social   en el territorio de la Comunitat Valenciana.

c)No estar incursos en ninguna de la circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre General de Subvenciones.

d)No haber sido sancionado, mediante resolución firme, con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones.

 Cuantía de la ayuda

Las ayudas pueden alcanzar hasta el 100% de los gastos subvencionables, sin perjuicio de los límites vigentes para las ayudas de minimis.

Las cuantías máximas de las ayudas por entidad beneficiaria y actuación subvencionable son:

a) Las ayudas que se concedan a una misma entidad para todas las actividades de formación, fomento y difusión de la cultura y prácticas de la empresa social y de la EBC del artículo 4.1 de la Orden 2/2017, no podrán superar la cifra de 10.000 euros.

b) La cuantía máxima que podrá percibir una pyme en concepto de las ayudas por las actuaciones del artículo 4.2 de la orden 2/2017 no podrá superar la cuantía de 3.000 euros.

c)Las ayudas que se concedan a una misma entidad para todas las actividades de investigación y/o formación especializada a que se refiere el artículo       4.3 de la Orden 2/2017 no podrán superar la cifra de 5.000 euros.

d) Las ayudas a actividades realizadas por los Pactos y Acuerdos Territoriales por la Ocupación y el desarrollo Local de la Comunitat Valenciana no podrán superar la cifra de 17.500 euros en función del número de habitantes de su área de influencia.

 Más información

Procedimientos

SUBVENCIONES PARA EL FOMENTO DE PATENTES Y MODELOS DE UTILIDAD ESPAÑOLES Y EN EL EXTERIOR

SUBVENCIONES PARA EL FOMENTO DE LAS SOLICITUDES DE PATENTES Y MODELOS DE UTILIDAD ESPAÑOLES Y EN EL EXTERIOR​

Plazo de Solicitudes del 7 de marzo al 5 de abril de 2022 (BOE 55 de 5 de marzo de 2022).

Copyright

Objeto

Se convocan subvenciones para el fomento de las solicitudes de patentes y modelos de utilidad para el año 2022. Esta convocatoria consta de dos programas:

a) Programa de ayudas para el fomento de solicitudes de patentes y modelos de utilidad en el exterior.

b) Programa de ayudas para el fomento de solicitudes de patentes y modelos de utilidad españoles para la PYME y personas físicas.

Beneficiarios
Toda persona física o jurídica que cumpla el objeto de la subvención.

Plazo
Del 7 de marzo al 5 de abril de 2022 (BOE 55 de 5 de marzo de 2022).

Solicitud
Los solicitantes deberán acceder a la sede electrónica de la OEPM (https://sede.oepm.gob.es).

ECOVUL 2022. PROGRAMA DE SUBVENCIONES DESTINADAS A FOMENTAR LA CONTRATACIÓN INDEFINIDA INICIAL DE COLECTIVOS VULNERABLES

ECOVUL 2022. PROGRAMA DE SUBVENCIONES DESTINADAS A FOMENTAR LA CONTRATACIÓN INDEFINIDA INICIAL DE COLECTIVOS VULNERABLES

Plazo de Solicitudes 5.03.2022 – 31.05.2022

Objeto y ámbito

Fomentar en el ámbito de la Comunitat Valenciana, la contratación indefinida inicial a jornada completa de las personas desempleadas pertenecientes a colectivos vulnerables.

Destinatarios

 a) Personas en riesgo de exclusión social, acreditados por los Servicios Sociales de cualquier administración pública.

b) Personas desempleadas de larga duración.

c) Personas mayores de 50 años.

d)Personas con diversidad funcional.

En el caso de personas con diversidad funcional severa, resultarán subvencionables las contrataciones que tengan una jornada de al menos 15 horas semanales.

Las personas destinatarias finales deberán haber permanecido desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en LABORA hasta su contratación.

Beneficiarios

Entidades empleadoras de naturaleza privada, incluidas las personas trabajadoras autónomas con centro de trabajo en la Comunitat Valenciana.

Cuantía

El importe de la subvención será el resultado de multiplicar el 90% del Salario Mínimo Interprofesional vigente en el momento de la contratación indefinida de la persona contratada por los 24 meses de mantenimiento. Si en la persona contratada concurre adicionalmente la condición de mujer o de persona con diversidad funcional el porcentaje se elevará al 95%. Si concurre la de víctima de violencia sobre la mujer o la de persona con diversidad funcional severa, el importe se elevará al 100%.

Plazo

Del 5/3/22 al 31/5/22

Más informació DOGV

ECOGJU2022. SUBVENCIONES PARA LA CONTRATACIÓN INDEFINIDA DE PERSONAS JÓVENES CUALIFICADAS (AVALEM JOVES)

ECOGJU2022. SUBVENCIONES PARA LA CONTRATACIÓN INDEFINIDA DE PERSONAS JÓVENES CUALIFICADAS (AVALEM JOVES)

Plazo de Solicitudes 2.03.2022 – 31.05.2022

Objeto

Subvenciones para fomentar la contratación indefinida inicial a jornada completa de las personas jóvenes menores de 30 años con cualificación profesional reconocida que figuren inscritas en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana.

Solicitantes

Cualquier empresa de naturaleza jurídica privada, incluidas las personas trabajadoras autónomas, con centro de trabajo en la Comunitat Valenciana.

Destinatarios finales

1.-Personas jóvenes mayores de 16 años que, contando con una cualificación profesional reconocida por el sistema de formación profesional para el empleo o del sistema educativo figuren inscritas como beneficiarias en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana.

2.- Se entenderá que la persona joven cuenta con una cualificación profesional en los términos establecidos en el apartado anterior cuando se encuentren en posesión de alguna de las siguientes titulaciones:

  a) Licenciatura o Diplomatura universitaria, Ingeniería Superior o Técnica, Arquitectura o Arquitectura Técnica.

  b) Grado universitario.

  c) Estudios de Postgrado universitario.

  d) Doctorado.

  e) Técnico o Técnico Superior de Formación Profesional Reglada, de la formación profesional específica.

  f) Otras titulaciones oficialmente reconocidas como equivalentes a las anteriores, sin que tengan tal consideración los títulos de Educación Secundaria Obligatoria ni de Bachiller.

  g) Certificado de profesionalidad.

Plazo

Del 2 de marzo al 31 de mayo de 2022

Cuantía

Hasta 27.000 euros por contrato.

Criterios de valoración

Se tramitarán en régimen de concurrencia competitiva, para lo que se tendrá en cuenta como único criterio el momento en que se haya completado la presentación de la solicitud en cualquiera de los registros previstos en la normativa de procedimiento administrativo común.

Más información DOGV

Emprendimiento en tu entorno rural

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Plazo de inscripción hasta el 13 de abril de 2022.

Bonificaciones / Reducciones a la Seguridad Social a trabajadores autónomos

Bonificaciones / Reducciones a la Seguridad Social a trabajadores autónomos.

Incentivos y bonificaciones en la cotización al Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos. Supuestos:

  1. Trabajadores que causen alta inicial o que no hubieran estado de alta en los 2 años inmediatamente anteriores en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
  • Que opten por la base mínima de cotización:
    • Cuota única mensual de 60 euros durante los 12 meses inmediatamente siguientes a la fecha de efectos del alta. Si la actividad se desarrolla en municipios de menos de 5.000 habitantes la cuota única de 60 euros se aplicará durante 24 meses.
  • Que opten por una base de cotización superior a la mínima que les corresponda.
    • Reducción mensual equivalente al 80% de la cuota, de acuerdo con lo establecido en el artículo 31.2 de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del Empleado Autónomo, durante los 12 meses inmediatamente siguientes a la fecha de efectos del alta.

Con posterioridad al periodo inicial de 12 meses previsto en los dos supuestos anteriores, y con independencia de la base de cotización elegida, podrán aplicarse sobre la cuota por contingencias comunes, incluida la incapacidad temporal, y por un período máximo de hasta 12 meses, hasta completar un periodo máximo de 24 meses tras la fecha de efectos del alta: a) Una reducción equivalente al 50% de la cuota durante los 6 meses siguientes al período inicial previsto en cualquiera de los dos primeros supuestos. b) Una reducción equivalente al 30% de la cuota durante los 3 meses siguientes al período señalado en la letra a). c) Una bonificación equivalente al 30% de la cuota durante los 3 meses siguientes al período señalado en la letra b).

2. Trabajadores menores de 30 años, o mujeres menores de 35 años, que causen alta inicial o no hubieran estado de alta en los 2 años inmediatamente anteriores en el RETA.

  • A parte de las reducciones y bonificaciones previstas con carácter general, gozarán de una bonificación adicional equivalente al 30% sobre la cuota por contingencias comunes, incluida la incapacidad temporal, durante los 12 meses siguientes a la finalización del periodo de bonificación previsto con carácter general. En este supuesto la duración máxima de las reducciones y bonificaciones será de 36 meses.

3. Trabajadores con un grado de discapacidad igual o superior al 33%, víctimas de violencia de género y víctimas de terrorismo, que causen alta inicial o que no hubieran estado de alta en los 2 años inmediatamente anterior al RETA.

  • Que opten por la base mínima de cotización (Cuota única mensual de 60 euros durante los 12 meses inmediatamente siguientes a la fecha de efectos del alta. Si la actividad se desarrolla en municipios de menos de 5.000 habitantes la cuota única de 60 euros se aplicará durante 24 meses).
  • Que opten por una base de cotización superior a la mínima que les corresponda (Reducción equivalente al 80 por ciento de la cuota incluida la incapacidad temporal, durante los 12 primeros meses inmediatamente siguientes a la fecha de efectos del alta. Con posterioridad al periodo inicial de 12 meses previsto en los dos supuestos anteriores, y con independencia de la base de cotización elegida, podrá aplicarse una bonificación del 50% sobre la cuota por contingencias comunes, incluida la incapacidad temporal, durante 48 meses hasta completar un periodo máximo de 5 años desde la fecha de efectos del alta).

4. Trabajadoras autónomas durante el descanso por nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento, riesgo durante la lactancia natural.

  • Bonificación del 100% de la cuota que resulte de aplicación sobre la base media que tuviera el trabajador en los 12 meses anteriores a la fecha en la que se acoja a esta medida, el tipo de cotización obligatorio que corresponda por razón de su actividad. Esta bonificación será compatible con la establecida en el Real Decreto-Ley 11/1998. La duración será durante el periodo de descanso; mínimo un mes.
  • Bonificación del 100% de la cuota por contingencias comunes (50% si la contratación es a tiempo parcial) que resulte de aplicar, a la base media que tuviera el trabajador en los 12 meses anteriores a la fecha de acogerse a esta medida, el tipo de cotización mínimo vigente, para trabajadores autónomos que permanezcan de alta en el RETA y contraten a un trabajador a tiempo completo o parcial en los supuestos de: a) Cuidado de menores de 12 años. b) Tener a su cargo un familiar, por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado, en situación de dependencia. c) Tener a su cargo un familiar, por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive, con parálisis cerebral, enfermedad mental o discapacidad intelectual con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33% o una discapacidad física o sensorial con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 65 por ciento, cuando dicha discapacidad esté debidamente acreditada, siempre que dicho familiar no desempeñe una actividad retribuida. En el caso de que el trabajador lleve menos de 12 meses de alta en el RETA, la base media de cotización se calculará desde la fecha de alta. Duración hasta 12 meses, con una duración mínima del contrato de 3 meses.

5. Trabajadoras autónomas que se reincorporen al trabajo en determinados supuestos.

  • Las trabajadoras autónomas que hubieran cesado en su actividad por nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento y tutela y vuelvan a realizar una actividad por cuenta propia en los 2 años siguientes a la fecha de cese tendrán de cuota fija por contingencias comunes y contingencias profesionales, de 60 euros mensuales durante los 12 meses inmediatamente siguientes a la fecha de reincorporación al trabajo, siempre que opten por cotizar por la base mínima establecida con carácter general. Si optasen por una base superior a la mínima podrá aplicarse durante el período antes citado una bonificación del 80% sobre la cotización por contingencias comunes.
  • Nuevas altas de familiares colaboradores de trabajadores autónomos Tendrán derecho a una bonificación durante los 24 meses siguientes a la fecha de efectos del alta, equivalente al 50% durante los primeros 18 meses y al 25% durante los 6 meses siguientes.

 

6. Trabajadores autónomos en las Ciudades de Ceuta y Melilla dedicados a actividades encuadradas en los sectores de Agricultura, Pesca y Acuicultura; Industria, excepto Energía y Agua; Comercio; Turismo; Hostelería y resto de servicios, excepto el Transporte Aéreo, Construcción de Edificios, Actividades Financieras y de Seguros y Actividades Inmobiliarias.

  • Bonificación del 50% en sus aportaciones a las cuotas de la Seguridad Social por contingencias comunes, así como por los conceptos de recaudación conjunta de desempleo, formación profesional y fondo de garantía salarial.

 

Más información: Bonificaciones de contratos | Servicio Público de Empleo Estatal (sepe.es)